La Procuraduría General destituyó e inhabilitó por 15 años y un día al alcalde (E) de Santa Rosa del Sur (Bolívar) para el periodo 2012-2015, Pablo Emilio Alfonso Coba, y al exsecretario del Interior y Asuntos Administrativos, Carlos Julio González Gamboa, por irregularidades en un contrato de suministro de alimentos para la fuerza pública.
Los disciplinados certificaron hechos cumplidos en el contrato suscrito con el Restaurante Bar Do Mar con el objeto de suministrar raciones de alimentos al personal de la fuerza pública del municipio, entre octubre y diciembre de 2015, sin mediar contrato alguno ni disponibilidad presupuestal.
El material probatorio evidenció que de las 1.800 raciones contratadas, 1.000 fueron entregadas al comandante de la Policía de Santa Rosa del Sur, en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2015, a pesar de que el acta de inicio del contrato se firmó hasta el 17 de diciembre de 2015.
Con este actuar los disciplinados incumplieron, entre otras normas, el artículo 16 del Acuerdo Municipal nro. 019 del 21 de noviembre de 2014, que prohíbe tramitar o legalizar actos administrativos u obligaciones que afecten el presupuesto de gastos, cuando no reúnan los requisitos legales o se configuren como hechos cumplidos.
A juicio del ente de control Alfonso Coba y González Gamboa desconocieron que el fin de la contratación pública está directamente asociado al cumplimiento del interés general, el cual, determina también que las actuaciones de los servidores públicos están supeditadas al cumplimiento de los fines del Estado.
Las faltas de los exfuncionarios fueron calificadas como gravísimas a título de culpa gravísima.
Contra esta decisión de primera instancia el defensor de los sancionados interpuso recurso de apelación, que será resuelto por la Procuraduría Regional de Santander.
La Procuraduría compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación, para que investigue la posible comisión de conductas penales, como: falsedad ideológica en documento público y utilización de documento público falso.