Corte Constitucional dice que JEP sí puede pedir pruebas sobre extradiciones
Este miércoles la Corte Constitucional tumbó el artículo que buscaba la creación de una sala especial dentro de la JEP, con el objeto de llevar los procesos de los militares y declaró además inexequible el artículo 54 de la Ley de Procedimiento para la Jurisdicción Especial de Paz, que decía que la JEP no podía practicar pruebas en los procesos que sigue de garantía de no extradición a exmilitantes de la Farc.
Los artículos citados habían sido incluidos por el Centro Democrático, en la Ley de Procedimiento de la JEP, durante su discusión en el Congreso de la República.
La Corte les dio la razón a la ONG Dejusticia y la Comisión Colombiana de Juristas, de Colombia, y a la ONG internacional Human Right Watch, que en un total de 10 folios enviados al magistrado ponente José Fernando Reyes Cuartas, señalaron que el artículo del Centro Democrático:
“podía impedir que se lleven a cabo investigaciones y procesos penales por crímenes de competencia de la Corte Penal Internacional cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas”.
En tal sentido, Alberto Brunori, de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, había señalado que esos artículos eran contrarios a las obligaciones internacionales del Estado colombiano de investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones de los derechos humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
En lo que tiene que ver con las pruebas para los procesos de extradición, la Corte indicó que estas se pueden pedir únicamente para verificar la fecha en que se hayan cometido los delitos.
De comprobarse que los delitos se cometieron después de la firma del acuerdo de paz, el proceso pasará a la jurisdicción ordinaria.
Ya en días pasados, la presidenta de la JEP había dado respuesta a las objeciones hechas por el presidente de la República a la Ley Estatutaria de la JEP:
Con el respeto debido al señor Presidente de la República y aplicando los principios que rigen el Estado de Derecho, recibimos su decisión de objetar parcialmente el proyecto de ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz.
Tenemos la tranquilidad que brinda la afianzada tradición democrática que ha caracterizado nuestro país, de pleno respeto a la autonomía de los poderes públicos, la cual garantizará el funcionamiento de la JEP en el marco del proceso que sigue para contar con una decisión definitiva sobre la Ley Estatutaria, una importante herramienta, que servirá para afianzar principios democráticos esenciales, como el de debido proceso y el de seguridad jurídica.
A las víctimas, a los comparecientes, a la sociedad y a la comunidad internacional queremos reiterarles que la Jurisdicción Especial para la Paz seguirá funcionando plenamente, ejerciendo a cabalidad todas y cada una de sus competencias y funciones, como lo ha venido haciendo desde el 15 de enero del pasado año, ello para cumplir con el compromiso de contribuir a la obtención de la verdad plena, a la reparación integral de las víctimas y a la construcción de garantías de no repetición para todos los colombianos, aplicando al efecto justicia restaurativa y aportando a la reconciliación del país.
De igual manera, el jefe del Ministerio Público, Fernando Carrillo, aseguró que Las objeciones presidenciales a la Ley Estatutaria de la JEP ponen en alto riesgo a la institucionalidad democrática.
El procurador reiteró que ya hay cosa juzgada y que se debe respetar el orden jurídico y la institucionalidad.
El Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, respondió a las seis objeciones que anunció el presidente de la República, Iván Duque Márquez, al proyecto de Ley Estatutaria para la Jurisdicción Especial para la Paz:
Carrillo reiteró en que con el fallo de la Corte Constitucional sobre la Ley Estatutaria de la JEP ya hay cosa juzgada constitucional.
Subrayó que el anuncio del Presidente de la República pone en alto riesgo la institucionalidad de Colombia como Estado de Derecho, que debe ser respetuoso de la separación de poderes y de la independencia del poder judicial.
Aseguró que las objeciones por inconveniencia generan “un enfrentamiento innecesario entre los poderes públicos y abre un espacio para la inseguridad jurídica sobre el cumplimiento de los compromisos del Acuerdo Final”.
Insistió en que las objeciones a la Ley Estatutaria de la JEP abren un debate político inoportuno e inútil que desconoce abiertamente el rol de la Corte Constitucional. “Esta Corte será quien termine de todas maneras resolviendo el problema”, dijo.
Defendió la institucionalidad y la autonomía de poderes. “Levantar la voz en defensa del orden jurídico y de la institucionalidad es nuestra obligación”, expresó.
“A situaciones excepcionales, salidas excepcionales institucionales”, dijo Carrillo frente al debate que se generará frente a si el Congreso debe dar o no el trámite a las objeciones anunciadas por el presidente Duque.
Brindó su total apoyo a la JEP y reiteró su compromiso con las víctimas.
Las declaraciones del jefe del Ministerio Público se dieron durante el homenaje a la jurisprudencia de la ex magistrada de la Corte Constitucional María Victoria Calle, de quien destacó su legado y lucha por la vigencia de la Constitución Política de 1991. “La Constitución de Colombia se respeta”, dijo de manera vehemente al cierre de su discurso.