Corte Constitucional prohíbe indemnizaciones a contratistas vinculados a casos de corrupción
–La Corte Constitucional acogió la solicitud de la Contraloría General de la República y de la Procuraduría General de la Nación, y cerró la puerta a indemnizaciones para contratistas de las Alianzas Público Privadas – APP-, que sean declaradas nulas por causas relacionadas con conductas ilícitas.
Los jefes de los entes de control destacaron la advertencia de la Corte, según la cual la corrupción no genera derechos y calificaron la sentencia como una herramienta eficaz en la lucha que adelantan las instituciones contra el flagelo de la corrupción.
“Agradecemos a la Corte Constitucional por ayudarnos a cuidar el patrimonio de los colombianos, con fallos que respaldan la lucha contra la corrupción que tanto aqueja a nuestro país, y, sobre todo, por eliminar la posibilidad de hacer reconocimientos y devoluciones de gastos a inversionistas de mala fe”, sostuvo el Contralor General de la República, Carlos Felipe Córdoba Larrarte, quien adelanta una vigilancia sobre el programa de las 4G, que contempla una inversión de 47 billones de pesos, en ejecución desde 2012.
Para el Procurador General, Fernando Carrillo Flórez, “resultaba inexplicable y una vergüenza que el Estado, es decir todos los colombianos, tuviéramos que indemnizar a unos corruptos que operan como multinacionales del delito para defraudar las arcas públicas, como podría haber ocurrido en el caso de Odebrecht, una multinacional que tenía un código de ética que facilitaba prácticas que llegaban a ser delitos como el soborno o el fraude”.
Córdoba Larrarte y Carrillo Flórez destacaron, además, que la Corte diferenciara entre los inversionistas de buena fe y los contratistas que actuaron y actúen de mala fe o de manera dolosa en la comisión de ilícitos o actos de corrupción que hubieren dado lugar a la nulidad de contratos de Alianza Público Privada, especialmente de grandes proyectos de infraestructura.