Bogotá

Morosos por comparendos tendrán descuentos en intereses hasta del 70%

Los ciudadanos que tengan deudas pendientes por comparendos podrán acogerse a un descuento hasta del 70% sobre los intereses de mora, según lo establecido por el decreto 273 del 16 de mayo de 2018 de la Alcaldía Mayor de Bogotá -que reglamenta el Acuerdo Distrital 737 de 2019-, por medio del cual se busca facilitarles a los bogotanos ponerse al día por concepto de multas de tránsito.

El decreto establece dos fechas límite para los pagos con descuento en los intereses de mora:

Porcentaje de descuento de intereses moratorios Fecha máxima de pago
Setenta por ciento (70%) 31 de julio de 2019
Cincuenta por ciento (50%) 31 de octubre de 2019

 

Ejemplo: si un ciudadano debe 1.000.000 de pesos y los intereses le suman otro millón de pesos, al pagar el 100% del capital solo tendría que cancelar $300.000 de intereses hasta el 31 de julio. Es decir, pagaría $1.300.000 en vez de $2.000.000, obteniendo así el descuento del 70% correspondiente a intereses.

Es muy importante que los ciudadanos sepan que la reducción hasta de un 70% es sobre los intereses de la deuda, siempre y cuando se pague el 100% del capital adeudado. Así mismo deben saber que el descuento aplica en todos los casos menos en las excepciones de sanción por contratación y en comparendos por embriaguez.

Los ciudadanos pueden obtener más información a través de la página web, www.movilidadbogota.gov.co, en la sede de la SDM de Paloquemao (carrera 28A # 17A- 20) y en los SuperCades de Suba, Américas y 20 de julio.

¿Quiénes podrán acogerse?

A este beneficio podrán acogerse los ciudadanos que tengan deuda pendiente por comparendos, siempre y cuando cancelen el total del capital adeudado. El descuento es sobre los intereses de mora.

¿Quiénes no podrán acogerse a este beneficio?

Las personas naturales o jurídicas que hayan sido objeto de multas derivadas de incumplimientos contractuales en Bogotá, Distrito Capital.

Tampoco las personas naturales que hayan sido sancionadas por conducir por embriaguez, como se establece en el artículo 5 de la Ley 1696 de 2013 y en el artículo 131 literal del Código Nacional de Tránsito.

¿A partir de cuándo empieza a regir el beneficio?

Desde el 20 de mayo hasta el 31 de julio para un descuento del 70% o hasta el 31 de octubre, para un descuento del 50%.

¿Dónde puedo obtener el desprendible de pago?

En la página web a través del link de consultas de comparendos, www.movilidadbogota.gov.co digitando el documento de identidad, volante de pago. El sistema liquida automáticamente y valor con el descuento.

¿Cómo realizar el pago?

– De manera inmediata por PSE, a través de la página www.movilidadbogota.gov.co.

– Con el desprendible impreso, en cualquier oficina del Banco de Occidente.

– En las sedes de Paloquemao o en los SuperCades Américas, Suba y 20 de julio.