Especies ovinas, caprinas y porcinas no deben ser vacunadas contra la fiebre aftosa durante el I ciclo de vacunación 2019
El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, informa a los productores de ovinos, caprinos y porcinos que no es necesario inmunizar sus animales durante el I ciclo de vacunación 2019 contra la fiebre aftosa (aplicado únicamente en bovinos y bufalinos), debido a que presentan un menor grado de susceptibilidad y evidencia clínica de la enfermedad.
De hecho, aunque la fiebre aftosa es producida por un virus que afecta a los animales de pezuña hendida domésticos y silvestres, este afecta más a bovinos y bufalinos, especies que tienen menor resistencia a este, por lo que se enferman más fácilmente. Por eso, en caso de que sea necesaria la vacunación de otras especies diferentes a la bovina y a la bufalina, será el ICA el que determine cuándo, en qué zona, con qué esquema y cuáles especies serán objeto de vacunación.
“No es necesario vacunar cada uno de los animales susceptibles a fiebre aftosa. Una vacunación adecuada, entendida como una vacunación sistemática y cíclica de las especies más susceptibles (bovinos y bufalinos), conlleva a la protección de las demás especies, al evitar la transmisión y circulación del virus en el ambiente”, explicó el gerente general (e) del ICA, Jaime Cárdenas.
Sin embargo, la vacunación reglamentaria contra la fiebre aftosa en bovinos y bufalinos, que inició el 13 de mayo y va hasta el 26 de junio del 2019, no desconoce la importancia de que los dueños de los apriscos y granjas porcícolas notifiquen al ICA cualquier signo compatible con enfermedad vesicular en las especies ovinas, caprinas y porcícolas, con el fin de realizar la atención oportuna del caso y obtener el diagnóstico oportuno.
“Los productores deben utilizar prácticas adecuadas al adquirir y comercializar los animales en lugares conocidos, con documentos sanitarios vigentes y evitando el ingreso a su predio de animales de procedencia desconocida”, recomendó Cárdenas.
El ICA recuerda a los productores que la movilización de ovinos, caprinos y porcinos debe llevarse a cabo con Guía Sanitaria de Movilización Interna, GSMI, asegurando el registro y ubicación de los predios de origen y destino de los animales.