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Lo hizo el juez 20 penal de conocimiento de Bogotá, que resolvió la apelación que había interpuesto la Fiscalía contra la decisión del juez noveno penal con función de garantías, con la que se abstuvo de dar medida de aseguramiento en cárcel contra Carlos Martos.
Así mismo, ordenó al juzgado de control de garantías que revise los elementos materiales de la Fiscalía General y los sujetos y tomar una decisión de fondo.
Como se sabe, el Juzgado 45 Penal del Circuito de Bogotá, con función de conocimiento, condenó a Dagoberto Rodríguez Niño, ex oficial mayor del Juzgado 6 Civil del Circuito de la capital de la República, a pena de prisión que será establecida el próximo 21 de junio.
En virtud de un preacuerdo judicial, el exfuncionario aceptó ser el responsable los delitos de cohecho, acceso abusivo a un sistema informático, software malicioso y falsedad ideológica en documento público.
Rodríguez Niño, quien permanece recluido en la cárcel La Picota, reconoció ante la administración de justicia su participación en la manipulación del reparto del proceso judicial en el litigio entre el empresario Carlos Mattos frente a la casa matriz de la Hyundai en Corea por los derechos comerciales de la marca en Colombia.
El sentenciado, capturado el 7 de junio de 2018, fue el primero en tener contacto con Mattos Barrero, con el fin de reclutar a funcionarios judiciales para acceder al sistema informático, direccionar el reparto a un juez determinado y así salir favorecido en el fallo judicial.
Asimismo se indicó en la investigación que para tal fin, se habrían cancelado más de cien millones de pesos, conducta ilícita que fue aceptada por la juez 16 civil municipal que fue sentenciada por el delito de cohecho impropio.