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La Registraduría debe financiar mecanismos de participación en los territorios: Consejo de Estado

–El Consejo de Estado conceptuó que la entidad encargada de la financiación de un mecanismo de participación ciudadana convocada en los entes territoriales es la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Así lo expuso la Sala de Consulta y Servicio Civil en respuesta a un concepto solicitado por el Ministerio del Interior en aras a que se precisara cuál era la entidad responsable de cubrir los gastos que demanda la realización de este tipo comicios.

No obstante, el concepto aclara que las entidades territoriales pueden apoyar, colaborar o concurrir en su financiación, de acuerdo a los principios de colaboración armónica entre poderes y entidades estatales y la autonomía territorial y en coordinación con la autoridad electoral.

Adicionalmente, la Sala precisó que no hay ningún criterio que pueda llevar a concluir que los recursos por medio de los cuales la Registraduría Nacional del Estado Civil debe costear los comicios respectivos deben provenir de la entidad territorial.

Para la Sala de Consulta, son insuficientes los mecanismos legales para lograr una coordinación entre la Nación y las entidades territoriales, pues solo existe un compromiso legal del Congreso y el Gobierno para regular las consultas populares y su financiación conjunta, pero no frente a los demás mecanismos de participación con origen en los territorios.