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Tribunal de Justicia del régimen de Maduro anula reincorporación de Venezuela al TIAR

–El acuerdo aprobado por la Asamblea Nacional para la reincorporación de Venezuela al Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR), fue anulado por el Tribunal Supremo de Justicia del régimen de Nicolas Maduro, argumentando que era un “asalto al Estado de derecho y a los poderes públicos venezolanos”.

En un comunicado, la Sala Constitucional del Tribunal señala que declaró “la nulidad absoluta y la carencia de efectos jurídicos del Acuerdo de la Asamblea Nacional en desacato mediante el cual pretende la reincorporación de la República Bolivariana de Venezuela al Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR)”.

Agrega que “con ello reiteró el asalto al Estado de Derecho y a todos los poderes públicos del Estado venezolano por parte del Parlamento”.

El presidente de la Sala Constitucional, magistrado Juan José Mendoza Jover, acompañado de los Magistrados y Magistradas que integran la referida Sala, informaron en rueda de prensa sobre el contenido de la sentencia 248-2019, en la cual se explica que la Sala, para fundamentar la decisión, observó que “el 14 de mayo la República Bolivariana de Venezuela, conjuntamente con otros países de la región, formalizó por ante la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos la denuncia del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca, y desde el 14 de mayo de 2015 cesaron los efectos de dicho convenio para el país”.

Mendoza Jover destacó “que el 27 de abril de 2017 el presidente Constitucional de la República, Nicolás Maduro Moros, formalizó la salida de nuestro país de la Organización de Estados Americanos, hecho que se materializó el 27 de abril de 2019”.

Agregó que, en efecto, el artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su cardinal 4, establece que son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República “dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los tratados, convenidos o acuerdos internacionales”.

“De allí–continuó diciendo–que se evidencia de forma clara e indubitable que el Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Nicolás Maduro Moros, es el encargado de dirigir las relaciones exteriores de la República, celebrar y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales”, expresó el Presidente de la Sala Constitucional del TSJ.

Finalmente, reiteró que por ello “resulta nula, carente de validez y eficacia jurídica la pretendida reincorporación de Venezuela al TIAR, y en consecuencia cualquier actuación que se realice con la finalidad de aplicar dicho tratado debe ser considerada un acto hostil a la soberanía nacional, y una agresión al territorio, al pueblo venezolano, a la paz y al derecho internacional”.