Bogotá

Buscan a tipógrafo bogotano interesado en recibir la herencia de Rufino José Cuervo

El testamento del exvicepresidente de la República, Rufino José Cuervo, dejó su herencia para un bogotano que cumpla una serie de características.

Rufino José Cuervo, fue un erudito y filólogo del siglo XIX, quien ocupó el cargo de vicepresidente durante el mandato de Tomás Cipriano de Mosquera.

Al momento de su muerte, Cuervo dejó un testamento que indica que un bogotano que cumpla los requisitos podría acceder a su herencia, que hoy en día asciende al monto de $ 19’.095.150 que corresponde a los rendimientos financieros que representan el legado del filólogo.

“Dicha entrega monetaria se realizará por una sola vez a la persona elegida siempre y cuando el postulado cumpla con los requisitos exigidos por el legado de Rufino José Cuervo”, explicó la Secretaría de Integración Social, que está a cargo de la convocatoria.

Las condiciones

El aspirante a la herencia debe ser tipógrafo que haya nacido en Bogotá, que sea reconocidamente honrado, pobre (con ingresos inferiores a 2 salarios mínimos mensuales), padre cabeza de familia, y que se quiera convertir en el heredero del legado de don Rufino.

Las personas que deseen convertirse en herederos del legado de Rufino José Cuervo podrán inscribirse, a partir del 21 de octubre, en la convocatoria pública que abrió la Secretaría Distrital de Integración Social.

Con ella se da cumplimiento a la voluntad testamentada del erudito Rufino José Cuervo, quien decidió heredar sus pertenencias al tipógrafo que cumpla con los requisitos exigidos por él.

Los interesados podrán consultar los requisitos en la página de la Secretaría de Integración Social www.integracionsocial.gov.co. La herencia está compuesta por los rendimientos anuales de las quince (15), acciones dejadas por el señor Cuervo. La fecha máxima para postularse es el viernes 8 de noviembre del año 2019, hasta las 10:00 a.m., en la carrera 7 # 32 – 16, en el piso 20, de la subdirección de Contratación.

De esta manera se da cumplimiento al acuerdo Distrital 55 de 1991 del Concejo de Bogotá, “Por el cual se dispone la manera de cumplir una cláusula testamentaria” en el que se reglamentó el procedimiento a seguir para seleccionar el obrero tipógrafo con mejor derecho para recibir el legado del señor Rufino José Cuervo. Los aspirantes no podrán tener ingresos superiores a los dos salarios mínimos legales vigentes (SMLV), para efectos de la convocatoria.

El incumplimiento de las calidades requeridas o la no presentación de los soportes requeridos generarán el rechazo de la postulación, de acuerdo con lo establecido en el legado del señor Cuervo. Así mismo cualquier incongruencia con la documentación allegada o que no corresponda a la realidad.

Al heredero le será entregado la suma de diez y nueve millones noventa y cinco mil ciento cincuenta pesos moneda corriente (19.095.150 m/c), correspondientes a los rendimientos financieros que conforman el legado. Dicha entrega monetaria se realizará por una sola vez a la persona elegida siempre y cuando el postulado cumpla con los requisitos exigidos por el legado de Rufino José Cuervo.

Cabe reiterar que en el caso de que las personas que participen en el proceso de elección del legado no cumplan con las condiciones exigidas en el testamento para ser legatarios, se realizará una nueva convocatoria de conformidad con dicho testamento.

Cronograma del proceso:
ACTIVIDAD  FECHA 
AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA Y PUBLICACIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO DEL PROCEDIMIENTO 21 DE OCTUBRE DE 2019
FECHA LÍMITE PARA ENTREGAR POSTULACIÓN 8 DE NOVIEMBRE DE 2019
HORA: 10:00 A.M.
CARRERA 7 # 32 – 16 SUBDIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN PISO 20
VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN LA CONVOCATORIA PÚBLICA
8 DE NOVIEMBRE DE 2019,
12 DE NOVIEMBRE DE 2019
PUBLICACIÓN DE INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR DE LAS POSTULACIONES 13 DE NOVIEMBRE DE 2019
TRASLADO DEL INFORME DE VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS Y PLAZO PARA SUBSANAR
13 DE NOVIEMBRE DE 2019 8:00 A.M.
19 DE NOVIEMBRE  DE 2019 5:00 P.M.
RESPUESTA A OBSERVACIONES RECIBIDAS CON RESPECTO AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR, INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO 20 DE NOVIEMBRE DE 2019
SORTEO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL LEGADO 22 DE NOVIEMBRE DE 2019 CARRERA 7 # 32-16
HORA: 10:00 A.M.
AUDITORIO DE LA SUBDIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN PISO 25
RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN 22 DE NOVIEMBRE DE 2019
NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 22 DE NOVIEMBRE DE 2019
 ENTREGA DEL LEGADO DIEZ (10), DÍAS HÁBILES DESPUÉS DE EMITIDA LA RESOLUCIÓN DE LA ADJUDICACIÓN

Requisitos de la convocatoria

DOCUMENTOS

a) Carta de presentación de la postulación solicitud del legado

El participante deberá presentar la carta de presentación de la postulación, según modelo suministrado por la Secretaría de Integración Social en el FORMATO # 1 “Carta de presentación de la Postulación” y los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

La carta de presentación de la postulación deberá ser firmada por el participante

El FORMATO #1 “Carta de presentación de la Postulación” adjunto a la presente convocatoria pública, es un modelo que contiene todas las declaraciones que debe realizar el participante. Por lo tanto, el interesado podrá transcribirlo u obtenerlo en medio magnético. En cualquier caso, la carta que presente el participante, deberá incluir todas las manifestaciones requeridas por la Secretaría.

b) Registro civil de nacimiento o partida de bautizo de la respectiva parroquia eclesiástica

Siendo éste el documento idóneo para probar la condición de bogotano de nacimiento, deberá adjuntar copia legible de la respectiva notaria del círculo de Bogotá. Cabe anotar que las presentes convocatorias sólo podrán participar ciudadanos nacidos en Bogotá. Cuando no se cuente con el citado documento se podrá acreditar la condición de bogotano de nacimiento mediante la copia de la partida de bautizo de la respectiva parroquia eclesiástica.

c) Fotocopia de cédula de ciudadanía

d) Copia de certificación bancaria donde certifique número y tipo de cuenta a su nombre radicada en la ciudad Bogotá.

Nota: La Secretaría Distrital de Integración Social verificará que no haya sido favorecido por éste legado anteriormente.

Calidades de los participantes
Obrero tipógrafo

Los participantes en la presente convocatoria pública deberán acreditar la condición de obrero tipógrafo mediante los siguientes documentos:

. Certificación laboral que acredite su calidad de obrero tipógrafo
. Dos (2), certificaciones de las personas a las cuales les haya prestado sus servicios de obrero tipógrafo
. Documento expedido por autoridad administrativa competente en el cual se acredite su calidad de obrero tipógrafo

Persona natural de escasos recursos

La Secretaría requiere que los participantes en la presente convocatoria acrediten la condición de persona de escasos recursos, para ello deberán aportar los siguientes documentos

. Copia del último recibo de pago de algún servicio público domiciliario del lugar de residencia
. Certificación laboral de ingresos mensuales que no superen más de dos (2), salarios mínimos legales vigentes (SMLV).
. En el evento de encontrarse desempleado deberá aportar copia del SISBÉN en el que certifique que pertenecen al régimen subsidiado o en caso de estar en el régimen contributivo de salud, deberá aportar la respectiva planilla de pago correspondiente al mes de octubre de 2019

Nota 1: Sólo podrán participar en la presente convocatoria las personas de estratos 1 y 2

Nota 2: Cuando se trate de personas pensionadas, deberán acreditar mediante certificación de la entidad que les otorgó la pensión, el valor de la misma, la cual no podrá superar 2 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV), para efectos de la presente convocatoria.

Nota 3: No serán válidas las certificaciones expedidas por la misma persona, ni los contratos verbales.

Nota 4: Toda la información allegada será objeto de verificación por parte de la entidad, sin perjuicio de las acciones que pueda incurrir por incongruencias en los documentos o con la realidad.

El incumplimiento de las calidades requeridas o la no presentación de los soportes requeridos generarán el RECHAZO de la postulación, de acuerdo con lo establecido en el legado del señor Rufino José Cuervo. Así mismo cualquier incongruencia con la documentación allegada o que no corresponda a la realidad.

Padre cabeza de familia

Los interesados en participar en la presente convocatoria deberá acreditar la condición de padre cabeza de familia, para ello deberá aportar los siguientes documentos:

• Registro civil de matrimonio o partida eclesiástica de matrimonio, en caso de tener sociedad conyugal vigente. Igualmente se aceptará el documento donde conste la conformación de la unión marital de hecho (declaración extrajuicio de la unión), en caso de existir. Dicho requisito no es necesario para aquellas personas que sean separadas o que estén a cargo de diferentes personas.

• Copia del Registro civil de nacimiento de todos los hijos (bien sean matrimoniales o extramatrimoniales).

• Declaración bajo gravedad de juramento en la que conste las personas que se encuentran a su cargo.

NOTA ACLARATORIA: El incumplimiento de cualquiera de las condiciones aquí descritas será objeto de rechazo de la postulación.

Cualquier inquietud favor escribir al correo licitaciones@sdis.gov.co