Para los vehículos de servicio particular no rige la restricción, pero sí para los automotores de servicio público y especial, así:
Pico y placa para buses y busetas: 5 y 6
Pico y placa para taxis y servicio especial: 7 y 8
Pico y Placa ambiental, placas terminadas en: 3
El pico y placa para buses y busetas rige todo el día
El pico y placa para taxis se aplica entre las 5 y 30 a.m. y las 9 p.m.
El pico y placa ambiental rige entre 6 a.m. y 10 a.m.
La restricción para vehículos de transporte especial con capacidad para cuatro pasajeros (sin incluir el conductor), automóviles, camperos y camionetas, opera entre las 5:30 a.m. y las 9:00 p.m. de lunes a sábado. La medida no aplica los días festivo.