Por: Carlos Fradique-Méndez
Abogado de Familia y para la Familia
DIPLOMADO EN EDUCACIÓN PARA LA VIDA EN FAMILIA (275)
REGULACIÓN CUOTA DE ALIMENTOS
La Constitución dispone que la pareja tiene ante todo el deber y en segundo plano el derecho de decidir sobre el número de sus hijos y debe saber si está en condiciones reales de criarlos, sostenerlos y educarlos. A esto se llama, en términos muy amplios, progenitura responsable.
Llenarse de hijos, regar hijos, decidir por un nuevo embarazo porque queremos, o porque quiero tener un hijo para que acompañe a mis dos o tres hijas, puede ser un acto de inmensa irresponsabilidad si la pareja no cuenta con lo necesario para criar y educar a ese nuevo hijo.
Los padres, los progenitores, son los primeros llamados a responder por la crianza de los hijos. Educarlos ante todo. Que formen hábitos para preservar su vida física, mental, espiritual, afectiva, social, educativa, laboral, económica, etc. La obligación de educar y sostener no se puede limitar a un aporte en dinero. Los papás que dicen que les dan todo a sus hijos porque consignan lo del colegio, hacen personalmente el mercado lo que es una mala práctica porque imponen su capricho sin tener en cuenta las necesidades alimenticias del hijo, los reciben cada 15 días para llevarlos al parque a comer paleta, les compran una muda de ropa, en verdad están dando solo un poquito porque falta la relación personal, la enseñanza de modales y comportamientos útiles para la vida
Me consultaron si el progenitor debía pagar todos los gastos del hijo, incluidos los de madre que lo cuida, porque ésta decidió no trabajar, siendo como es profesional. Respondí que no porque la cuota de alimentos no es para estimular la desidia y menos si la decisión de la madre va en contra de sus propios intereses laborales y de seguridad social.
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR E INFIDELIDAD
Hago una referencia a las obligaciones entre cónyuges, entre integrantes de la pareja, sin importar si el matrimonio es solemne o consensual. En primer lugar debo resaltar que hombre y mujer están en plano de igualdad legal. Las mismas obligaciones y los mismos derechos y por supuesto que para ejercelos y reclamarlos deben tenerse en cuenta las circunstancias.
Las obligaciones, con sus correspondientes derechos en una doble forma de mirar la relación, son EL RESPETO, la fidelidad, la convivencia, la ayuda, el socorro que tiene un gran ingrediente de tinte moral. Además la convivencia que debe ser pacífica, honesta, honrada, debe ser a la manera de lo que ahora llaman economía colaborativa. Yo doy tu das, tu das y yo doy. Sin tacañerías, pero sin despilfarro. Hay que satisfacer el hoy, pero hay que pensar en el mañana. Hay que hacer un proyecto de vida a largo plazo. Independientemente de que haya divorcio.
El respeto y la fidelidad van de la mano. Me consultaron sobre el caso de una marido ya mayor, todavía con el diablo del medio día entre pecho y espalda, que se aficionó al licor y a lo que llaman potenciadores sexuales y decidió llegar borracho a su casa a exigirle a su mujer que debe tener relaciones sexuales, en casos pidiendo comportamientos de burdel.
En una semana en la que la esposa tuvo que salir de la ciudad donde viven, el marido perdió los estribos y fue a un bar y se alicoró y decidió llevar a su amiga de turno a la casa para tener sexo en su cuarto nupcial. Tonto, casi estúpido. La esposa se enteró y herida en su honor propio le hizo un reclamo fuerte y el matrimonio está en el borde del rompimiento.
Que el marido mentecato pida perdón y repare el daño inferido para que pueda salvar su matrimonio.
LAS PROTESTAS PARA VANDALIZAR
El Art. 37 de la Constitución, autoriza la manifestación PÚBLICA Y PACÍFICA. No autoriza la PROTESTA PARA DESTRUIR LOS BIENES PÚBLICOS y menos para dañar los bienes privados y lesionar a las personas.
El periódico PORTAFOLIO de 17 de enero, informa que el 21 de enero se reanudarán las marchas con UN PLIEGO DESACTUALIZADO Y SIN QUE HAYA HABIDO AVANCES EN LOS DIÁLOGOS.
Quienes ORGANIZAN las marchas DEBEN GARANTIZAR QUE NO HABRÁ DAÑOS y que las ciudades no se verán afectadas en su movilidad. Si hay daños deben responder civil y penalmente.
Los alcaldes deben garantizar que no habrá daños y si autorizan las marchas debe ser sin daños a la comunidad. Y si las patrocinan son tan responsables como los organizadores.
Y como la mayoría de quienes causan daños con jóvenes, hijos de familia, los padres y custodios deben responder solidariamente por esos daños.
Hay muchas razones para manifestar inconformidad por las gigantes inequidades sociales de la cuales son privilegiados muchos de los organizadores y promotores de las marchas. Pero el camino para reclamar debe estar acompañado de PROPUESTAS, DE SOLUCIONES REALIZABLES. NO HAN PRESENTADO NINGUNA PROPUESTA. Solo peticiones.
SIGAMOS CULTIVANDO LA PAZ EN LA FAMILIA
Sigamos cultivando el respeto, las palabras decentes, la autoestima, el civismo, en nuestra familia, en nuestra sociedad y en Colombia para para tener un futuro en sana convivencia.
Bogotá, del 20 al 26 de enero de 2020
Envíe sus comentarios a carlosfradiquem@outlook.com
Twitter @fradiqcarlosSr Blog: www.vidaenfamilia.com.co
Telf. 3153467089