Bogotá

Así se descarga el formulario del impuesto predial por internet

Ciudadana viendo desde su computador el recibo del impuesto predial de una propiedad en Bogotá.

Dos alternativas para obtener el formulario de pago del impuesto predial tienen los contribuyentes que por alguna razón no cuentan con el recibo: puedes descargarlo en el sitio web de la Secretaría Distrital de Hacienda o dirigirse a cualquiera de los siete SúperCADE de la ciudad y solicitarlo directamente.

Así lo informó la entidad, al recordar las opciones dispuestas para que los ciudadanos paguen oportunamente su gravamen sin multas.

Quienes opten por internet, solo deben ingresar a http://www.shd.gov.co/shd/ y hacer clic en pagos y servicios (costado superior izquierdo de la pantalla). Una vez allí, deberán diligenciar los datos del chip que identifican el predio, imprimir una sola copia, firmarla y pagar en cualquiera de los más de mil bancos autorizados en la ciudad.

También pueden pagar desde los portales de internet de sus bancos si disponen de las claves requeridas.

Los contribuyentes también pueden dirigirse a cualquiera de los siete SuperCADE de la ciudad, donde funcionarios especializados de la Secretaría de Hacienda les entregarán de forma confiable y gratuita los formularios de pago.

Para resolver tus inquietudes, los ciudadanos pueden llamar a la línea 195 o consultar en la página oficial de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Paga el predial a cuotas

Ahora es posible pagar el Predial a cuotas, sin sanciones. Se trata del Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario que inició su implementación en enero de 2017 y se convertirá en la alternativa para que los ciudadanos que lo deseen paguen su impuesto diferido.

Para poder acceder a este beneficio los interesados deben ingresar a la página web oficial de la entidad y declarar allí explícitamente que tiene la intención de pagar el impuesto a cuotas.

Con esta declaración privada del contribuyente se anula de inmediato la factura física que ha empezado a llegar a las casas y apartamentos desde este mes.

Esta solicitud se puede hacer hasta el último día hábil de marzo de cada año fiscal.

Para aplicar a este beneficio se debe cumplir con los siguientes requisitos: ser el residencial propietario, ser persona natural y debe ser una vivienda.

Es importante señalar que si una persona desea acceder al pago diferido, pierde el descuento del 10 por ciento por pago pronto (7 de abril) y 1 por ciento por actualización de datos en la web.

Si tú accedes a este beneficio la primera cuota se debe pagar el 12 de mayo; la segunda el 14 de julio, la tercera el 15 de septiembre y la cuarta el 17 de noviembre.

Las cuotas que dejen de ser pagadas en las fechas establecidas, causarán los respectivos intereses de mora, que se generan en cualquier obligación.

Si en algún momento el contribuyente que se acogió al pago voluntario a cuotas desea pagar la totalidad del impuesto podrá hacerlo sin ningún inconveniente en las fechas establecidas en el calendario tributario.

Este artículo fue actualizado por última vez el 18 de febrero de 2020. Para consultar la información más reciente sobre este trámite o servicio, te recomendamos visitar Guía de Trámites y Servicio.