Pico y placa ambiental extendido para carros particulares y motos sigue en Bogota pese a mejorar calidad del aire
-–Este miércoles 11 de marzo sigue rigiendo el Pico y Placa ambiental, aunque ha mejorado la calidad del aire, y continuará aplicándose y a lo largo de la semana para vehículos particulares y motocicletas de acuerdo con el último dígito del número de la placa. También, siguen las restricciones para el transporte de carga y la industria hasta que se levante la medida.
También sigue vigente la alerta amarilla.
A pesar de la disminución en la concentración de material particulado en 10 de las 13 estaciones de monitoreo de calidad del aire, la alerta amarilla se mantiene, debido a los niveles de contaminación que reportan las estaciones de Carvajal – Sevillana, Kennedy y Móvil Carrera Séptima.
“Hicimos unas revisiones técnicas sobre el comportamiento de los contaminantes sobre Bogotá durante las últimas 24 horas, tres de las estaciones mantienen sus índices regulares, por lo tanto, no se ha logrado completar las 48 horas que el protocolo nos exige para poder levantar la medida”, aseguró el subsecretario de Ambiente, Julio César Pulido.
Este miércoles la restricción de movilidad aplica para los vehículos cuya placa termine en dígito par, 1, 3, 5, 7 9, entre las 6 a.m. y las 7 y 30 p.m.
Para las motos cuya placa termine en letra, está medida se aplicará tomando el último número antes de la letra de la placa.
Pico y placa miércoles 11 de marzo
-Vehículos particulares y motocicletas
-Placa terminada en impar (1-3-5-7-9) desde las 6:00 a.m. hasta las 7:30 p.m.
-Vehículos de carga mayores a 10 años de antigüedad
De lunes a viernes. En los periodos comprendidos desde las 6:00 y hasta las 12:00 horas del mediodía y desde las 17:00 hasta las 22:00 horas.
-Las industrias que operan fuentes fijas con combustibles sólidos y líquidos no podrán operar desde las 00:01 a.m. hasta las 11:59 a.m. durante el tiempo que dure la alerta.
El Pico y Placa habitual, para este miércoles 11 de marzo, es el siguiente:
Particulares: 1, 3, 5, 7 9
Buses y busetas TPC: 7 y 8
Taxis y especiales: 9 y 0
Bus Ambiental: 4
La Secretaría de Movilidad informó que las medidas tomadas con motivo de la alerta amarilla declarada por la calidad del aire en el perímetro urbano de Bogotá y que rigen desde el viernes pasado para los vehículos de carga.
Considerando las necesidades de limitación de emisiones contaminantes a la atmósfera provenientes de fuentes móviles, y teniendo en cuenta el pico de concentraciones de PM10 y PM2.5 que se tiene en la ciudad, se restringe transitoriamente la circulación de vehículos a motor de la siguiente manera:
PARA LOS VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE CARGA MAYORES A 10 AÑOS
De lunes a viernes
En los periodos comprendidos desde las 6:00 y hasta las 12:00 horas del mediodía y desde las 17:00 hasta las 22:00 horas.
Los fines de semana tendrán restricción los sábados, domingos y festivos
– Desde las 05:00 hasta las 21:00 horas, rotativo de acuerdo con el último dígito de la placa par o impar del vehículo
EXCEPCIONES:
-Exceptuar de las restricciones transitorias las siguientes categorías de vehículos:
-Los vehículos eléctricos y los de cero emisiones
-Caravana presidencial
-Vehículos de servicio diplomático o consular
-Carrozas fúnebres
-Vehículos de organismos de seguridad del Estado
-Vehículos automotores y motos de emergencia
-Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de Discapacidad
-Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios
-Vehículos automotores y motos destinados al control del tráfico y grúas
-Vehículos de control de emisiones y vertimientos
-Vehículos y motocicletas Militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado
-Motocicletas de vigilancia y seguridad privada autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada.
-Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección a ciudadanos que tengan medidas de protección.
-Vehículos de transporte escolar
-Vehículos de valores, los de alimentos perecederos, animales vivos, flores y gases medicinales.
Las motocicletas utilizadas por:
-Las empresas que prestan servicio domiciliario
-Las que prestan servicio de correspondencia
-Las que prestan servicio a las empresas de telecomunicaciones de redes fijas o inalámbricas.
-Las que prestan servicio a las empresas de Televisión
-Los medios de comunicación con su debida identificación
-Los camiones cisterna de transporte de combustible, que se encuentren cargados o vacíos
-Vehículos de medios de comunicación
-Vehículos de autoridades judiciales
-Vehículos de transporte de materiales y maquinaria para obras públicas
-Empresas de transporte de carga que se encuentren vinculadas al Programa de Autorregulación Ambiental