Consejo de Estado exoneró al Invías de pagar indemnización por obras en el Túnel de la Línea
La Sección Tercera del Consejo de Estado en sentencia negó el recurso de revisión interpuesto por Unión Temporal Segundo Centenario, contra el laudo arbitral en el cual se habían negado las pretensiones del contratista, que se le pagaran obras que no habían sido recibidas a satisfacción.
El laudo, emitido el 23 de mayo de 2017, negaba las pretensiones económicas del contratista, luego de la Interventoria del contrato 3460 de 2008 que tuvó como objeto “Estudios y diseños, gestión social, predial y ambiental, construcción y operación del proyecto “Cruce de la Cordillera Central: Túneles del II Centenario – Túnel de la Línea y Segunda Calzada Calarca – Cajamarca”
Mediante este recurso la Unión Temporal Segundo Centenario, pretendía el pago de más de veinticinco mil millones de pesos, $25.000.000.000.oo, suma que NO tendrá que cancelar el Instituto.


