Nacional

Dirigen acciones de prevención de contagio de COVID-19 para Grupos étnicos

Con el propósito de dar recomendaciones para la prevención, contención y mitigación del coronavirus (COVID-19) en grupos étnicos, los ministerios de Salud y Protección Social y del Interior, expidieron la Circular 015 de 2020.

Las medidas están dirigidas a Pueblos Indígenas, Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales, Palenqueras y al Pueblo Rrom, teniendo en cuenta que son poblaciones que requieren mayor protección por la vulnerabilidad que les causa estar expuestas en mayor medida a los determinantes sociales de la salud.

Con esta circular, el Gobierno Nacional adopta medidas frente al riesgo en salud generado por el coronavirus y recomienda a los diferentes grupos étnicos adoptar las medidas específicas que se presentan teniendo en cuenta sus características socio culturales:

1. Permanecer en su territorio, dentro de su espacio individual o colectivo, con el fin de reducir la exposición al riesgo de contagio.

2. Implementar acciones para evitar la salida de sus territorios, con el fin de reducir la exposición al riesgo de contagio.

3. Limitar el ingreso de personas ajenas a las comunidades, tales como turistas, visitantes de instituciones privadas, delegados de ONG o de cooperación internacional, que desarrollen procesos o actividades en los territorios étnicos, salvo que se presente un caso de extrema necesidad.

4. Establecer protocolos con el fin de garantizar que las personas ajenas a las comunidades que ingresen a los territorios de grupos étnicos, en virtud de la extrema necesidad o de acciones institucionales del Estado colombiano, estén en óptimas condiciones de salud.

5. Limitar el desarrollo de actividades comunitarias o de asistencia masiva, cancelando las actividades y/o reprogramándolas.

6. Mantener en aislamiento a las personas con síntomas de Infección Respiratoria Aguda (IRA) o COVID–19.

7. Restringir al interior de los territorios étnicos el contacto con personas con síntomas de Infección Respiratoria Aguda (IRA) o COVID-19.

8. Integrar acciones que promuevan la vigilancia comunitaria enfocadas a la identificación oportuna de casos sospechosos, definiendo actores determinantes (líderes, agentes de salud, gestores comunitarios, sabedores, entre otros) y las rutas de notificación y reporte inmediato.

9. Desarrollar acciones comunicativas con mensajes claros y sencillos, según los usos y costumbres de los grupos étnicos presentes en el territorio (resguardos, cabildos, consejos comunitarios, kumpanias y otras organizaciones de base comunitaria).

10. Contar con los interpretes que faciliten la interacción, el flujo y comunicación efectiva de información garantizando que los grupos étnicos (pueblos y comunidades indígenas, Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras y el Pueblo Rrom) conozcan los actos administrativos y disposiciones que haya expedido y expida el gobierno nacional sobre prevención, contención y manejo de coronavirus COVID-19.

Finalmente, los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, especialmente las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales, en coordinación con los líderes de las comunidades en sus territorios, deberán poner en conocimiento las recomendaciones contempladas en la circular.

(Fin)