
No. Las personas no podrán usar su vehículo
Solo podrá usarse en situaciones excepcionales tales como:
- Prestar servicios de salud.
- Prestar servicios de cuidado de personas enfermas, en situación de discapacidad, menores de 18 años, adultos mayores, personas especialmente vulnerables o animales.
- En caso de fuerza mayor o extrema necesidad.
- Las demás excepciones contempladas en el Decreto Distrital 092 de 2020.
Lee qué otras excepciones hay en la página 7 del decreto: