Covid-19 Nacional

Expiden el Decreto 568, mediante el cual se crea el Impuesto Solidario por el covid-19

Foto: archivo, Instituto Nacional de Salud
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 568, mediante el cual se crea el Impuesto Solidario por la pandemia del coronavirus (covid-19), dentro del Estado de Emergencia Económica y Ecolo´gica, de conformidad con el Decreto 417 de 2020.

“Este es un impuesto por tres meses, que es obligatorio para todas las personas que trabajamos en el sector público y ganamos más de $10 millones. Para aquellas personas que tienen un rango salarial entre $10 millones y $15 millones hay una tarifa menor, y los que estamos por encima de $15 millones, una tarifa mayor”, dijo el Presidente de la República en entrevista con Radio Magdalena.

“Es por tres meses, y lo que busca es que haya solidaridad para atender a las familias más vulnerables”, subrayó.

El Decreto 568, de 14 artículos, firmado por el Presidente Iván Duque y los 18 ministros de su gabinete, establece que a partir del 1° de mayo y hasta el 31 de julio de 2020, se crea, con destinación específica para inversión social en clase media más vulnerable y en los trabajadores informales, el Impuesto Solidario por el covid-19.

La norma establece que los funcionarios que ganen entre $10 millones y $12,5 millones deberán aportar el 15% de su salario, mientras que los funcionarios con salarios entre $12,5 millones y $15 millones tendrán que aportar el 16%.

Entre tanto, a los salarios que se encuentren en el rango de $15 millones y $20 millones se les aplicará una tarifa del 17%, y los superiores a los $20 millones, una del 20%. Esta retención también aplica para contratistas.

Megapensiones

El Decreto establece que los pensionados con mesadas de $10 millones o más también son sujetos pasivos del Impuesto Solidario por el covid-19.

“Quiero destacar que se han incluido ahí las megapensiones de más de $10 millones. Es decir, todos los colombianos que tengan megapensiones de más de $10 millones, por un periodo de tres meses, también van a contribuir a esta fuente de ingreso solidario para proteger a los sectores vulnerables”, dijo el Mandatario.

Aporte voluntario

En ese mismo sentido, la norma dice que los servidores públicos y contratistas del Estado con ingresos menores a los $10 millones podrán realizar un aporte mensual solidario voluntario por el covid-19, con destino al Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME).

“Hay personas en el sector público que ganan menos de $10 millones, y nos decían: yo también quiero contribuir; pues también habilitamos esa posibilidad, pero única y exclusivamente de manera voluntaria, de tal manera que la persona que lo quiera hacer en los primeros cinco días se acerca al pagador y dice: Yo quiero contribuir. Y establece, conforme a la tabla, cuál es la tarifa que quiere pagar”, puntualizó el Jefe de Estado.

Así que los trabajadores que tengan un salario entre un rango del $1.755.066 y $2.633.409 podrán aportar un 4%; los que ganen entre $2.633.049 y $4.389.015 un 6%, y los de $4.389.015 y 6.144.621 tendrán una tarifa del 8%.

Entre tanto, los salarios entre un rango de $6.144.621 hasta los $8.778.030 podrán aportar un 10%, y los salarios entre $8.778.030 hasta los $10.000.000 lo podrán hacer con un 13%.

Las personas naturales vinculadas mediante contrato de prestacio´n de servicios profesionales y de apoyo a la gestio´n pu´blica de salarios y honorarios mensuales perio´dicos inferiores a diez millones pesos ($10.000.000), que vayan a efectuar el aporte mensual solidario voluntario por el Covid-19, deben informarlo por escrito, por cualquier medio, al pagador del respectivo organismo o entidad, dentro de primeros cinco (5) de los meses mayo, junio y julio de 2020, señala la norma.