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Gobierno Nacional reglamenta el Registro Nacional Fluvial

Con el objetivo de contribuir a la competitividad del sector transporte, fortalecer el transporte fluvial y satisfacer las necesidades planteadas por los diferentes usuarios del modo de transporte fluvial, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 20203040003645 de 2020 por la cual reglamenta el Registro Nacional Fluvial (RNF), que permitirá automatizar los trámites y reemplazar el libro de registro manual que actualmente llevan las inspecciones fluviales.

El Registro Nacional Fluvial fue creado como una nueva herramienta para automatizar la información de todos los actores que intervienen en el transporte fluvial, siendo ello una mejora tecnológica en el sector y en el marco de la política pública de racionalización de trámites establecida por el Gobierno nacional; dado que, el registro de información se realizaba de manera manual en un libro por parte de las inspecciones fluviales del Ministerio.

Así, el Registro Nacional Fluvial es una herramienta puesta a disposición del sector transporte para promover la agilidad, eficiencia y digitalización de los trámites; puesta a disposición de todos los ciudadanos. No se están creando trámites, por el contrario, se está facilitando su realización y el almacenamiento de la información ante las inspecciones fluviales.

“Desde el Gobierno Nacional venimos trabajando por tener herramientas modernas y digitales que respondan a los retos del sector, y permitan acceder a información confiable que facilite tomar decisiones que se traduzcan en más competitividad. El Registro Nacional Fluvial es una herramienta que facilita al modo de transporte fluvial los trámites y procesos, pero sobretodo el almacenamiento digital y único de la información”, afirmó la Ministra de Transporte, Ángela María Orozco.

Lo que se podrá hacer en el RNF

El Registro Nacional Fluvial es un sistema creado para el registro de la información de todos los actores que intervienen en el modo fluvial y cuenta con subsistemas que permitirán:

• Registrar las personas naturales y jurídicas.

• Expedir y renovar los permisos y licencias de tripulantes.

• Registrar los datos asociados a las embarcaciones y/o artefactos fluviales.

• Registrar los motores.

• Registrar las inspecciones técnicas.

• Expedir y renovar las patentes de navegación.

• Incluir la información de las empresas de transporte público de pasajeros y/o de carga fluviales con los datos de la correspondiente habilitación.

• Expedir y renovar el permiso de operación.

• Efectuar el registro de zarpe.

• Llevar a cabo el registro de artilleros.

Este es un avance más en la digitalización de los procesos y desde el Gobierno Nacional se trabaja para que todos los trámites y procedimientos administrativos sean más sencillos, ágiles, coordinados, modernos y digitales.

El Registro Nacional Fluvial (RNF) representa una mejora en los procesos administrativos que se adelantan actualmente en las inspecciones fluviales, las cuales al automatizar los procesos para los trámites y establecer mecanismos virtuales, significan un paso adelante hacia un sector mucho más moderno, eficiente y seguro.

Finalmente, la Viceministra de Transporte, Carmen Ligia Valderrama puntualizó: “seguiremos apostándole a la construcción colectiva de políticas públicas que fortalezcan la intermodalidad y a la competitividad logística del transporte en Colombia”.