Suben costos de compras con tarjeta de crédito en Colombia por ajuste de la tasa de usura
–La Superintendencia Financiera de Colombia expidió este jueves la Resolución No.1126 por medio de la cual certifica el interés bancario corriente, entre este 01 de septiembre y el 30 de septiembre de 2022, en 35.25% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Este porcentaje del 35.25, que será el máximo que se podrá cobrar por parte de las entidades bancarias, representa un aumento de 129 puntos básicos (1.29%) en relación con la anterior certificación (22.21%).
El ajuste significa que a partir de la fecha las compras con tarjetas de crédito son más costosas.
En el comunicado, la Superfinanciera hace las siguientes precisiones:
INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA
En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 35.25% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
USURA
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúa en 35.25% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa un aumento de 193 puntos básicos (1.93%) con respecto al periodo anterior (33.32%).
OTRAS CERTIFICACIONES VIGENTES
La Superintendencia Financiera recuerda que en desarrollo de sus atribuciones legales y reglamentarias, mediante las Resoluciones 0801 de 2022 y 1095 de 2021 certificó el interés bancario corriente para las modalidades de microcrédito y consumo de bajo monto, en los siguientes términos: