Foto: Secretaría de Movilidad
Un lote de 300 vehículos declarados en abandono, con un valor inicial de $65 millones, serán subastados por la Secretaría Distrital de Movilidad. Automóviles, camiones, camionetas, camperos y motocicletas, estarán en la puja.
La subasta, que es la número 13 de la entidad, cierra el próximo 8 de septiembre y únicamente pueden participar empresas dedicadas a labores de fundición, metalurgia y siderurgia de chatarrización de vehículos.
“Tenemos la subasta número 13, la podrán encontrar en la página www.superbid.com.co. Son 300 vehículos, abre en 65 millones de pesos y vamos a tener esta convocatoria abierta hasta el 8 de septiembre”, recalcó Adriana Iza Certuche, subsecretaria de Servicios a la Ciudadanía de la Secretaría de Movilidad.
¿Cómo pueden participar las empresas?
A través de Superbid https://www.superbid.com.co/, la empresa especialista en subastas industriales, la Secretaría Distrital de Movilidad expone los vehículos que se encuentran en calidad de chatarra, para que las empresas interesadas puedan participar.
Para realizar el registro inicial:
- Ingresar al portal www.superbid.com.co y hacer clic en “Registro”.
- Elegir usuario y contraseña (login).
- Validar login, para hacer ofertas.
- Para terminar el registro, leer y aceptar el “Procedimiento de utilización del Portal Superbid Colombia”, haciendo clic en Conformar, enviando la fotocopia de su cédula y el RUT. 24 horas después se obtiene la confirmación del registro.
Para habilitarse y participar:
- La persona que se registró, debe habilitarse en cada subasta, aceptando los términos y condiciones. Para ello deberá:
- Ingresar el login y la contraseña, regresar al inicio y seleccionar la subasta de su interés.
- Hacer clic en Habilítate y recibirá un correo con la confirmación de su solicitud de habilitación, con un enlace que lo direccionará a las Condiciones de Oferta y Pago (COP) de la subasta seleccionada.
- Leer el contrato dispuesto por Superbid para participar en las subastas, marcar la declaración de aceptación de términos y hacer clic en aceptar.
Es importante destacar que la Ley 1730 de 2014 faculta a la Secretaría Distrital de Movilidad para declarar el abandono de los vehículos inmovilizados y que actualmente se encuentran en los patios de la entidad, cuyo ingreso se originó por cometer infracciones a las normas de tránsito y que por su permanencia, superior a un año y sin que el propietario y/o poseedor los hayan reclamado, puedan ser enajenados a través de subasta.