La JEP le da última oportunidad al excabecilla paramilitar alias “Jorge 40” para justificar sometimiento
–La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP citó al excabecilla paramilitar Rodrigo Tovar Pupo, más conocido con el alias de ‘Jorge 40’, a comparecer en audiencia pública de aporte de verdad para los días 26 y 27 de enero de 2023.
Tovar, quien dirigió el bloque norte de las auc, que operaba principalmente en los departamentos de Cesar, Magdalena, La Guajira, Atlántico y Santander, deberá asistir a una diligencia de preparación previa a la audiencia el próximo 20 de diciembre de 2022.
Según lo advierte la JEP, el excabecilla paramilitar “tiene esta única oportunidad para hacer aportes a la verdad que justifiquen su sometimiento como supuesto sujeto funcional de la fuerza pública.
César Lasso, secuestrado por las Farc-EP en la toma de Mitú, demandó verdad ante el antiguo secretariado de las Farc-EP durante la Audiencia de Reconocimiento del #Caso01 el 23 de junio de 2022.
Esto es #JusticiaRestaurativa pic.twitter.com/miwtuc2dsL
— Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) December 2, 2022
La audiencia pública del 26 y 27 de enero se realizará en Ibagué, Tolima, ante los magistrados que integran la subsala especial D: magistrada Sandra Castro (ponente), el magistrado Mauricio García y el magistrado Juan Ramón Martínez (en movilidad desde el Tribunal para la Paz).
Tovar Pupo fue procesado bajo la Ley 975 de 2005 (Justicia y Paz) por los delitos de desplazamiento forzado, homicidio en persona protegida, tortura en persona protegida, desaparición forzada y reclutamiento ilícito, destrucción y apropiación de bienes protegidos, entre otros. Posteriormente, Tovar Pupo fue expulsado de Justicia y Paz y extraditado a Estados Unidos el 13 de mayo de 2008 para ser procesado por narcotráfico.
Tras cumplir una condena de 12 años en el centro penitenciario Correction Complex – Allenwoodalias, “Jorge 40” fue deportado a Colombia en septiembre de 2020 y a su retorno se le hicieron efectivas 5 órdenes de captura, en desarrollo de más de 1.456 investigaciones penales por crimenes cometidos como cabecilla paramilitar.
Por ahora, Tovar Pupo cumple en Colombia una condena de 40 años de cárcel que le impuso en febrero de este 2022 el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Bogotá, por el asesinato del comerciante Rubén Dario Quintero Fuentes y su escolta Rafael Ovalle Daza.
Previamente a su extradición, en 2019, alias “Jorge 4” había pedido pista en la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, pero en principio, en enero de 2020, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas le negó el sometimiento como exmiembro de las llamadas autodefensas unidas de Colombia, pero aceptó estudiar su caso en calidad de tercero.
La JEP argumentó que no tenía competencia material sobre los exintegrantes de grupos paramilitares ni de otros grupos armados ilegales distintos a las Farc, teniendo en cuenta el Acto Legislativo 01 de 2017, que fue reafirmado por la Corte Suprema de Justicia, por la Corte Constitucional y por la Sección de Apelación de la JEP.
Frente a este tema, la Sala señaló que Tovar Pupo “tuvo la oportunidad, en su calidad de exparamilitar, de someterse a Justicia y Paz, (…) pero fue excluido de ella por no contribuir con la verdad a la cual estaba obligado y haber incumplido los compromisos que había asumido”.
En la solicitud de sometimiento hecha por Tovar Pupo, en septiembre de 2019, manifestó que fue “ideólogo, propulsor e integrante del proyecto de Autodefensa”, que desarrolló estrategias “para enfrentar a la guerrilla fuera de los cánones institucionales” y que financió y auspició organizaciones paramilitares, desde 1996. Además, manifestó que desde 1998 decidió formar parte de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá, extendiéndose a otras zonas, hasta convertirse en segundo al mando del Bloque Norte de las Autodefensas.
Para poder estudiar su sometimiento como tercero, la JEP le solicitó a Tovar Pupo subsanar su solicitud, y allegar las pruebas con las cuales acredite que financió y auspició organizaciones paramilitares antes de formar parte de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá.
Asimismo, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP le pidió a Tovar Pupo proceder a la firma del Acta de sometimiento (dentro de diez días hábiles) y expresar de manera escrita (en el término de veinte días) el compromiso concreto, claro y programado en relación con su voluntad de contribuir a la realización de los derechos de las víctimas a la verdad plena, la reparación integral y a la no repetición.
Estos dos trámites son obligatorios, tal y como lo dispuso la Corte Constitucional y la Sección de Apelación que endureció las condiciones de sometimiento de terceros y agentes del Estado no miembros de la fuerza pública a la JEP.
En la misma resolución la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas también le solicitó a Tovar Pupo remitir copia de la decisión judicial por la que se encuentra privado de la libertad en el centro penitenciario Correction Complex – Allenwood en Estados Unidos de América. Además, la Sala ordenó librar un exhorto por medio de la Secretaría Judicial al Ministerio de Relaciones Exteriores para que, a través de un agente consular, notifique a Tovar Pupo sobre esta decisión de la JEP.
El pasado mes de agosto de este 2022, alias Jorge 40 aceptó su responsabilidad en 13 hechos delictivos distintos ocurridos en Atlántico y Cesar, entre 2000 y 2005.
En diligencias realizadas por la Fiscalía en la cárcel Picaleña, en Ibagué (Tolima), donde permanece privado de la libertad, alias Jorge 40 reconoció un evento asociado al desplazamiento de una familia, en Codazzi (Cesar); y 12 casos de homicidio en persona protegida, que dejaron, por lo menos, 14 víctimas, entre ellas un abogado, un menor de edad, un albañil, agricultores y vendedores informales, en Barraquilla y Galapa (Atlántico), y Codazzi (Cesar).
Estas personas habrían sido asesinadas por hombres armados que hicieron parte de las distintas estructuras que conformaron el denomino Bloque Norte. Al parecer, fueron señaladas equivocadamente de estar involucradas en actividades delictivas o de colaborar con otras organizaciones ilegales que tenían injerencia en la región.
El material de prueba estableció que los autores materiales de las 13 acciones criminales actuaron de acuerdo con las órdenes y lineamientos definidos por los entonces máximos jefes paramilitares en la Costa Atlántica, entre estos Rodrigo Tovar Pupo.