Condenan a más de 6 años de cárcel a Camila Botero; gestionó con el Eln recursos para financiar las “primeras líneas”
–La Fiscalía General de la Nación reportó este miércoles que, a través de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales, logró condena de seis años y seis meses de prisión en contra de Camila Botero Cardozo, alias Lucía, Jimena, Camila o Lucidó, integrante del llamado frente Ernesto ‘Che’ Guevara del Eln.
Según la Fiscalía, esta mujer gestionó ante los cabecillas de ese grupo terrorista un aporte de 23 millones de pesos para financiar a las autodenominadas ‘primera línea’ de Cali, Medellín y Pereira.
En la investigación se conocieron varios mensajes dirigidos a alias Fabián, jefe del llamado frente de guerra occidental del Eln, en los que la mujer, además de respaldo económico, solicitó apoyo logístico y entrenamiento para los grupos de vándalos de las primera línea’, entre mayo y junio de 2021.
En las comunicaciones obtenidas, Camila o Lucidó explicaba que era necesario brindar instrucción en manejo de explosivos y técnicas de combate urbano o ‘tropel callejero’, como lo llamaba en sus escritos, para confrontar a la fuerza pública y generar afectaciones contra la infraestructura de transporte masivo, instalaciones oficiales y bienes privados.
Destaca la fiscalía que Camila Botero Cardozo fue compañera sentimental de Andrés Felipe Vanegas Londoño, alias Uriel, señalado cabecilla político e integrante del denominado estado mayor del frente de guerra occidental del Eln, quien fue abatido en una operación militar en octubre de 2020.
En el lugar donde fue muerto este sujeto, en zona selvática de Nóvita, Chocó, fueron encontrados varios documentos que dan cuenta que Camila Botero Cardozo era la encargada de dar instrucción a los jóvenes reclutados que se encontraban en los campamentos; además de preparar y garantizar la difusión de los comunicados, videos y distintas grabaciones de alias Uriel.
Ante la contundencia de las pruebas en su contra, alias Camila en preacuerdo con la Fiscalía, aceptó su responsabilidad en los delitos de concierto para delinquir agravado, rebelión y falsedad material en documento público.
El juez especializado de Quibdó, Chocó, que emitió la condena, negó cualquier beneficio a la mujer, le impuso una multa equivalente a 1.416 salarios mínimos legales mensuales vigentes y estableció que la pena se debe hacer efectiva en centro carcelario.