Foto. Secretaría de Hacienda.
Como indica la Secretaría de Hacienda de Bogotá, los contribuyentes que deben hacer el pago del impuesto de Industria y Comercio, ICA, del régimen común anual, vigencia 2022, son aquellas personas naturales o jurídicas que durante el año gravable 2021 declararon un impuesto a cargo igual o inferior a 391 Unidades de Valor Tributario, UVT, que equivale a un total de 14.196.428 pesos, así como los contribuyentes nuevos que iniciaron su actividad económica el año pasado.
Es así como con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio (ICA), pertenecientes al régimen común, con declaración anual, que la Secretaría Distrital de Hacienda emitió la Resolución No. SDH-000036 del 16 de febrero de 2023, en la cual determina la obligación de presentar y pagar la declaración del gravamen de la vigencia 2022, a más tardar este viernes 24 de febrero.
“Después del 24 de febrero de 2023, fecha límite de pago de este impuesto, el contribuyente deberá asumir la sanción por extemporaneidad y los intereses moratorios correspondientes”, explicó el secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez
A la fecha, el recaudo del impuesto de ICA del régimen común anual, de la vigencia 2022, genera ingresos por 25.417 millones de pesos a la ciudad, provenientes de 30.411 contribuyentes del sector empresarial bogotano.
Declara y paga en la Oficina Virtual de Hacienda
Es importante recordar que la declaración se debe hacer únicamente por la ?Oficina Virtual dispuesta en el portal web de la Secretaría de Hacienda, en el enlace: https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html.
Para el pago del impuesto, los contribuyentes cuentan de manera electrónica con el botón de pago con débito a cuentas de ahorro y corrientes, y la tarjeta de crédito de las entidades bancarias que tengan convenio con la Secretaría de Hacienda; así mismo, de forma presencial, el pago se puede hacer en los bancos o corresponsales bancarios autorizados.
La entidad recuerda que la fecha de vencimiento de este impuesto, coincide también con el vencimiento del ICA del sexto bimestre del régimen común bimestral, por lo cual se recomienda a los contribuyentes del impuesto anual, realizar su pago lo más pronto posible durante esta semana para evitar saturación del sistema o demoras en el proceso.
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