Procuraduría urge anticipar medidas para atender posible actividad del volcán Machín en el Tolima
–La Procuraduría General de la Nación requirió a seis alcaldes municipales del Tolima cumplir las obligaciones y aplicar los instrumentos en materia de planificación de la gestión del riesgo de desastres, y fortalecer los planes de acción para la oportuna y eficiente atención, ante cualquier eventual emergencia por los recientes eventos asociados a la actividad del volcán Machín.
En comunicación dirigida a los mandatarios de Cajamarca, Ibagué, Valle de San Juan, Suárez, Piedras y Venadillo, la Entidad señaló que “considera de vital importancia anticiparse a la ocurrencia de hechos que impliquen la potencial afectación o vulnerabilidad del territorio y de la población”, con el fin de que las entidades territoriales estén preparadas para afrontar y gestionar los riesgos generados por situaciones naturales.
El ente de control recordó a estos funcionarios que como conductores del desarrollo local son los responsables directos de la implementación de los procesos de gestión del riesgo y manejo de desastres en el área de su jurisdicción y, por tanto, deben “contar con los respectivos planes de contingencia para actividad sísmica y erupciones volcánicas” según lo establecido por la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
Adicionalmente, les hizo un llamado a monitorear y garantizar el adecuado el estado de las vías de evacuación para la población de las veredas y municipios ubicados en zonas de riesgo e influencia del volcán; y a gestionar los mecanismos pertinentes para rehabilitar las vías de evacuación afectadas por el invierno, en caso de evidenciarse una situación de emergencia, amenaza, vulnerabilidad o riesgo por este fenómeno natural.
Finalmente, requirió en su misiva vincular a los órganos de control y al Ministerio Público en el Puesto de Mando Unificado de vigilancia al Machín, con el propósito de realizar una labor institucional coordinada.
La Procuraduría Provincial de Instrucción de Ibagué, puntualizó que esta actuación preventiva no implica coadministración ni injerencia en las decisiones administrativas, financieras, técnicas o jurídicas de las entidades estatales o de los particulares que ejercen funciones públicas