Nacional Política

Aprueban en tercer debate proyecto de ley que da vía libre al divorcio en Colombia, sin causales legales

–Como “un paso importante para garantizar la autonomía, libertad, dignidad, especialmente de quienes están atrapadas en matrimonios contra su querer”, definió la congresista María José Pizarro Rodríguez, la aprobación en la Cámara de Representantes, en tercer debate, del proyecto de ley mediante el cual se pretende dar vía libre al divorcio en Colombia, esto es, que los colombianos podrán divorciarse unilateralmente, sin el consentimiento de la otra parte.

La iniciativa es de la autoría de la Representante Katerine, de Alianza Verde:

La congresista explicó que el proyecto busca modificar el esquema vigente en el país, el cual obliga mutuo acuerdo y bajo 9 causales para que proceda el divorcio.

La iniciativa aprobada, pretende pasar a un esquema de divorcio incausado, es decir, que no requiere que existan causales o motivos legales para acabar la unión matrimonial.

De esta manera, añadió, cualquier cónyuge podrá solicitar el divorcio de manera unilateral y sin necesidad de acuerdo con la otra parte. Con esta modificación al código civil en estos procesos de separación, el juez únicamente tendrá que decidir sobre las consecuencias jurídicas del divorcio, como lo son la fijación de cuotas alimentarias, la liquidación de la sociedad conyugal, el cuidado y crianza de los hijos menores de edad si los hubiera, etc.

Miranda advirtió que es una realidad innegable que hay matrimonios que atraviesan crisis insuperables; “por eso queremos dotar de herramientas a los cónyuges para que puedan restablecer sus vidas personales de una manera más eficiente, menos costosa que en la actualidad y acorde con los derechos al libre desarrollo de la personalidad, la autonomía privada y la dignidad humana”.

Para acudir al proceso judicial el cónyuge debe actuar por medio de un abogado. Si los cónyuges no están de acuerdo, y uno de ellos pretende divorciarse, necesariamente debe acudir al juez de familia mediante el trámite del proceso verbal.

En las regiones donde no hay juez de familia, el proceso judicial para obtener el divorcio, se puede adelantar ante el juez civil del circuito del domicilio común de los cónyuges siempre que el demandante conserve tal domicilio; en su defecto, el juez competente es el del domicilio del demandado.

Actualmente en Colombia existen dos tipos de divorcio: el del mutuo acuerdo y el contencioso. Cada uno de estos tiene un trámite diferente. Al primero se le conoce como exprés por la agilidad del proceso, mientras que el segundo puede tardar por su condición judicial.

Hasta ahora, la forma más sencilla y práctica de divorciarse es mediante escritura pública ante un notario, pues la única causal que se requiere es el mutuo acuerdo, y se prueba con el consentimiento expreso ante el notario, y es lo que se conoce como divorcio exprés.

Y son 9 las causales de divorcio en Colombia:

-Relaciones sexuales extramatrimoniales.
-Incumplimientos del cónyuge frente a los deberes que exige la ley.
-Maltrato
-Embriaguez habitual
-Consumo de estupefacientes habitual
-Enfermedad incurable que ponga en riesgo la salud física o mental del otro cónyuge.
-Comportamientos que puedan corromper o pervertir al cónyuge, descendientes o personas a su cuidado.
-Separación de cuerpos por más de dos años.
-Mutuo consentimiento.

En todo caso, no está entre las causales que se acabe el amor y de acuerdo con la Corte, la persona que incurra en una causal de divorcio no podrá solicitarlo; esto es potestad única de su cónyuge y si este se niega a hacerlo, hay que entablar una demanda ante un juez de familia. En la demanda debe explicar detalladamente el motivo de su separación y adjuntar las pruebas de los hechos.

En síntesis, el proyecto aprobado en las Comisiones Terceras del Congreso de la República, elimina las causales.