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Economía Nacional

A partir del domingo 16 de julio se reduce una hora la jornada laboral en Colombia; los salarios se deberán mantener inalterables

–De manera gradual comenzará el próximo 16 de julio la reducción de la jornada laboral en Colombia, al entrar a regir formalmente la aplicación de la Ley 2101 de 2021, por medio de la cual se recortó el tiempo de trabajo, sin disminuir el salario, ni afectar los derechos adquiridos y garantías de los trabajadores, según lo recordó la Ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez.

Según la cartera laboral, a partir del próximo domingo se disminuye 60 minutos la jornada laboral, es decir, se podrá laborar hasta 47 horas semanales. Actualmente, la referencia es de 48 horas.

La ley modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo y establece la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo de 42 horas a la semana.

Sin embargo, el cambio será de manera gradual así: desde el próximo 16 de julio de 2023, una hora; desde el día 16 de julio del año 2024, será de 46 horas; en el día 16 de julio del año 2025, pasará a 44 horas y finalmente, a partir del 16 de julio de 2026, será de 42 horas semanales máximas.

La ministra Gloria Inés Ramírez Ríos, destacó los alcances de la medida y advirtió que “no es perjudicial para aquellos empleadores que quieran acogerse de forma anticipada a la reducción de la jornada máxima propuesta por la norma (esto es 6 horas)» y recordó que «la reducción de jornada no implica una disminución salarial”.

La ley 2101 de 2021 se refiere a la jornada laboral máxima de los trabajadores y trabajadoras del sector privado, es decir, a las personas naturales que han suscrito contratos laborales con empresas privadas y no aplica para las y los servidores públicos salvo los que trabajen en empresas del Estado y cuyas relaciones laborales se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo.

La jefe de la cartera laboral afirmó igualmente que esta ley permite que Colombia se acerque a los estándares internacionales y a lo recomendado por la Organización Internacional del Trabajo, dará más tiempo libre a los trabajadores y trabajadoras y, mejorará la productividad en las empresas.

“Esta ley tampoco afecta o modifica las jornadas laborales inferiores de trabajadores con horarios especiales, como la de menores de edad que trabajan con contrato laboral y con permiso del Ministerio de Trabajo”, precisó el viceministro de relaciones laborales e inspección, Edwin Palma.

Agregó que la disminución de la jornada máxima laboral implica el aumento del valor de la hora diaria, toda vez que, por menos tiempo laborado, el trabajador continuará devengando la misma remuneración.

Los empleadores deben realizar el cálculo del nuevo valor de la hora de trabajo para liquidar el valor de las horas extras y los recargos nocturnos, dominicales y festivos, respetando siempre el principio de favorabilidad.

El viceministro Palma Egea, reiteró: “Cualquier duda sobre el particular, podrá ser atendida a través de nuestras inspecciones laborales disponibles en todo el territorio nacional”.

La reducción de la jornada laboral y su aplicación se seguirá teniendo en cuenta en la iniciativa de reforma laboral, que se presentará nuevamente al Congreso de la República, señaló la ministra Gloria Inés Ramírez.