Procuraduría pide a JEP incluir la tortura como delito y ahondar en investigaciones contra el DAS por ejecutar también “falsos positivos”
–Tras haber evidnciado que las víctimas de falsos positivos fueron sometidas previamente a violencia física y emocional, y tortura fisica, la Procuraduría General de la Nación pidió a la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, incluir esta práctica como delito y como tal, sancionarlo.
Además, el Ministerio Público notificó que de acuerdo a la información recopilada se logró establecer que el DAS participó en estos asesinatos y desapariciones también en Arauca, Tolima, Guajira y Caquetá.
En consecuencia, la Procuraduría solicitó a la JEP priorizar la investigación sobre tortura ejercida contra la población civil por parte de agentes del Estado en el macrocaso 03, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas ilegítimamente presentados como bajas en combate, conocidos popularmente como “falsos positivos”.
Durante su intervención en la audiencia pública en la que confluyeron víctimas y comparecientes del Subcaso Casanare, el procurador delegado con funciones de Intervención ante la JEP, Jairo Acosta Aristizábal, mencionó 15 casos con nombres propios y aseguró que, en esos y otros muchos asesinatos ( Falsos Positivos), el Ministerio Público ha podido verificar que las víctimas fueron sometidas previamente a violencia física y emocional, e incluso que se evidencian con claridad los elementos propios de la tortura.
“Existen distintos elementos probatorios en los expedientes de la justicia penal ordinaria, tales como necropsias y testimonios; contrastadas con las versiones aquí adelantadas, que permiten observar la configuración de la tortura psicológica y física”, explicó el Delegado.
Indicó además que la gravedad inherente de conductas como la tortura, exige una rigurosa evaluación por parte de la magistratura, la cual se ha echado de menos en el auto de determinación de hechos, más cuando en el texto se encuentran distintos elementos que permiten su configuración en las diferentes modalidades del patrón.
Frente a la relación entre el extinto Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, y la Brigada 16 del Ejército para la planeación y ejecución de estos crímenes, el procurador Acosta aseguró que es necesario determinar con claridad cuál fue el rol y funcionamiento del DAS Casanare frente al patrón criminal investigado.
“El Ministerio Público ha realizado múltiples críticas a la concepción de “satélite”, que tuvo la JEP sobre el rol del DAS Casanare, destacando que no se podía aceptar la teoría de que éste se articuló con el Ejército sólo mediante relaciones institucionales de traspaso de información, sin analizar el vínculo criminal que se tejió entre esta entidad de inteligencia civil y la Brigada 16”. aclaró Acosta Aristizábal.
El Delegado agregó que la participación del DAS y otras agencias de inteligencia estatales, admitida en la audiencia por el entonces comandante de la Brigada 16 y por otros exagentes del DAS y el grupo Gaula, presentes, debe ser investigada. “Excluir al DAS Casanare del objeto de la investigación, es desconocer que esta agencia fue un actor importante en la selección de las víctimas, en su ejecución y en el encubrimiento de los hechos”.
Acosta reveló que la información recopilada en los diferentes subcasos y desde los expedientes de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, permite evidenciar que el DAS participó en asesinatos y desapariciones también en Arauca, Tolima, Guajira y Caquetá.
“La actuación del DAS parece haber sido recurrente y sistemática en el territorio nacional y no se redujo únicamente a que sus agentes elaboraran información falsa para soportar operaciones ficticias, sino que también involucró su participación directa en el asesinato y, en algunos casos, en el planeamiento conjunto de las operaciones falsas”, apuntó el Delegado.
Al término de su intervención, dejó planteadas varias preguntas que deberá responder la JEP con su investigación, sobre la presunta existencia de directrices a nivel nacional en estas entidades, para la comisión de los crímenes.
“Ante esta situación cabe preguntarse: ¿qué llevó a distintas seccionales del DAS a aliarse con los miembros de la fuerza pública? ¿podrían existir elementos comunes que vinculen a las distintas seccionales y que vinieran de una política nacional? Si es así, ¿en qué consistió ese elemento común, toda vez que a los agentes del DAS, en principio, no los medían por bajas en combate? Son preguntas que en el caso de Casanare aún nos quedan pendientes”.
Otro de los temas que cobró especial relevancia en la intervención de Acosta, tuvo que ver con la insistencia de las víctimas en demandar la verdad con respecto al tratamiento dado a sus familiares, así como con los daños colectivos producto del desplazamiento masivo y los que se causaron a grupos específicos, asociados con características sociales, condiciones personales, orientaciones sexuales o conductas sociales que eran mal vistas y fueron objeto de “limpieza social”, por parte de las unidades implicadas.