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Imponen multa de más de $1.000 millones a comercializadora de vapeadores

–La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a la empresa Glu Cloud S.A.S. comercializadora de vapeadores por no informar en sus empaques, envases y publicidad sobre el contenido de productos nocivos para la salud y la necesidad de consultar las condiciones y contraindicaciones antes de su uso.

El organismo de control incluyó una resolución sancionatoria un capítulo dirigido a explicarles a niñas, niños, adolescentes y población joven las razones que la llevaron a multar con más de 1.000 millones de pesos a la comercializadora de vapeadores.

La Superindustria advierte que la población joven, en su calidad de consumidora, utiliza los bienes y servicios disponibles en el mercado, desde descargar aplicaciones hasta comprar ropa o dispositivos electrónicos, por lo que tiene derecho a productos seguros y de calidad, a recibir información clara y veraz, a estar protegida contra la publicidad engañosa y a elegir libremente.

Para evitar que los derechos de esta población de consumidores sean violados, la Superindustria dio alcance a la protección especial prevista en el Estatuto del Consumidor, y con un lenguaje claro y sencillo introdujo en la resolución sancionatoria la explicación sobre la importancia de que no sea omitida información que resultaría vital para el potencial comprador de vapeadores.

A través de la Resolución n.º 75799 de 2023, la SIC sancionó a Inversiones Glu Cloud con una multa de $1.002.240.000, con el fin de que sean restablecidos los derechos de los consumidores afectados.

Adicionalmente, impartió las siguientes ordenes a la citada comercializadora:

-Informar a los consumidores que sus productos, los cuales comercializa actualmente, y los que comercializará a futuro, correspondientes a sales de nicotina y líquidos de vapeo en virtud de sus componentes, son nocivos. Para tal efecto, deberán indicarse claramente y en caracteres perfectamente legibles, bien sea a través de etiquetas, en sus envases o empaques, o a través de un anexo, sus efectos nocivos, condiciones o indicaciones necesarias para su correcta utilización, así como las contraindicaciones.

-Ajustar la publicidad física o digital que se emita a futuro en el sentido de advertir claramente al público acerca de la nocividad de los componentes de los productos de vapeo, en concreto las sales de nicotina y líquidos de vapeo, como también la necesidad de consultar las condiciones o indicaciones para su uso correcto y las contraindicaciones del caso.

Contra el acto administrativo sancionatorio procede recurso de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor, o el de apelación ante la superintendente Delegada para la Protección del Consumidor, señaló la Superindustria.