Foto: Alcaldía de Bogotá
Teniendo en cuenta las condiciones de la calidad del aire y la declaratoria de alerta Fase 1, la restricción para los vehículos de transporte de carga, modelo iguales o anteriores al año 2014, es así:
- De lunes a sábado, de 6:00 a. m. a 1:00 p. m., para los vehículos con placa terminada en dígito impar (1, 3, 5, 7 y 9).
- De 1:00 p. m. a 8:00 p. m., para los vehículos de carga cuya placa termina en dígito par (2, 4, 6, 8 y 0).
Esta restricción aplica para los vehículos de carga con placa blanca y amarilla.
Los vehículos de transporte de carga con modelos de años posteriores a 2014 no tienen restricción de circulación durante la vigencia de la alerta ambiental.
Cabe señalar que esta medida seguirá hasta que se mantenga vigente la alerta por calidad del aire.