Bogotá

Rigurosas medidas de austeridad decreta la Administración Distrital

–(Foto Alcaldía Mayor). A través del Decreto 062, la administración de Carlos Fernando Galán fijó las directrices de austeridad que serán implementadas por todas las entidades, para reducir gastos y hacer más eficiente los recursos públicos.

De acuerdo con el Decreto, en un término máximo de seis meses, cada Secretaría Distrital deberá adelantar un plan de manejo de bienes inmuebles, participaciones accionarias y activos de propiedad de las entidades que conforman su correspondiente sector administrativo, que no requieran para el ejercicio de sus funciones, para lo cual observarán el Manual de Procedimientos Administrativos y Contables para el manejo y control de los bienes en las Entidades de Gobierno Distritales y el Manual de Políticas Contables de la Entidad Contable Pública Bogotá D.C.

El decreto determina, entre otras cosas, que las entidades y organismos distritales ejecutarán un plan de reducción del gasto en la contratación de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, que genere para la vigencia 2024 un ahorro al menos del diez por ciento (10%) respecto del gasto ejecutado en la vigencia anterior de acuerdo con lo que consta en los registros del SIDEAP y de la plataforma BOGDATA, con observancia de los criterios que señale para el efecto la Secretaría Distrital de Hacienda.

Excepcionalmente, las entidades u organismos del orden distrital podrán proponer reformas a la planta de personal y a la estructura organizacional que generen gasto, cuando sean consideradas prioritarias para el cumplimiento de las metas y políticas del Gobierno Distrital en concordancia con el Plan de Desarrollo Distrital. previo concepto de viabilidad emitido por las entidades mencionadas cii el inciso anterior, la Secretaría Distrital de Planeación y de acuerdo con los lineamientos que para el elcto expida la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

Se prohíben las recepciones, fiestas. agasajos, conmemoraciones o condecoraciones y que además incluyan el servicio o suministro de alimentos, que impliquen erogaciones con cargo al presupuesto asignado a cada entidad y organismo distrital, exceptuando aquellas actividades que estén definidas en los planes y programas de bienestar e incentivos para los servidores públicos las cuales en todo caso observarán los criterios de austeridad del gasto adoptados en el presente decreto.

Las entidades y organismos distritales deberán abstenerse de celebrar contratos de publicidad y/o propaganda personalizada y debe precisarse el uso de su sitio web para publicar la información institucional. En ningún caso
se podrá patrocinar, contratar o desarrollar directamente la edición, impresión o publicación de documentos. de avisos, folletos o textos institucionales que no estén relacionados en forma directa con las funciones a cargo, ni contratar o patrocinar la impresión de ediciones de lujo con policromías. Igualmente se prohíbe la impresión de informes o reportes a color, independientemente de su destinatario.

Las entidades y organismos adoptarán sistemas de monitoreo en los vehículos oficiales, con el fin de establecer mecanismos de control de ubicación, kilómetros recorridos y perímetros geográficos establecidos: así mismo, implementarán mecanismos de control a través de un chip o tecnología similar en los vehículos oficiales que registre el consumo diario de combustible en las estaciones de suministro de combustible contratadas para tal efecto y establecerán y monitorearán un tope mensual de consumo de combustible.

Entre las medidas de austeridad establecidas en el Decreto 062 de 2024 se destacan:

– Modificación de estructuras administrativas, plantas de personal y contratación de prestación de servicios
Las entidades solo podrán realizar reformas de sus plantas de personal y estructura organizacional a costo CERO y deberán reducir el gasto en al menos un 10 % en la contratación de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.

– Eventos

En lo referente a eventos, viáticos y gastos de viaje, se insta a preferir eventos o reuniones virtuales sobre actividades que impliquen desplazamiento físico y que generen costo.

– Administración de servicios

No se podrá renovar planes de telefonía móvil, internet y datos o adquirir teléfonos celulares; tampoco adquirir vehículos, maquinaria u otros medios de transporte, sin previa viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda, con base en obsolescencia. Se insta a dar preferencia al uso de los sitios web para publicar información institucional y en ningún caso patrocinar, contratar o desarrollar directamente la edición, impresión o publicación de documentos, avisos, folletos o textos institucionales que no estén relacionados en forma directa con las funciones a cargo de la entidad.

– Eficiencia del gasto

Las entidades y organismos deberán ejecutar estrategias de compras públicas unificadas para atender necesidades de bienes y servicios que requieran varias entidades del mismo sector o de otros, con instrumentos de agregación que promuevan economías de escala y optimización del gasto público distrital. La Administración del alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, a través de estas y más medidas de austeridad, busca gobernar con el ejemplo al promover en las entidades y organismos distritales el uso eficiente, mesurado y transparente de los recursos públicos de la capital. La mejor inversión de estos recursos permitirá que lleguen directamente a los programas que buscan mejorar la calidad de vida de la ciudadanía.