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Defensoría del Pueblo urge no enviar más capturados a centros de detención transitoria ni a estaciones de Policía

–Ubicar directamente a los detenidos en establecimientos de reclusión nacionales luego de que su aprehensión sea legalizada por un juez de la República, pidió la Defensoría del Pueblo, debido a que la sobrepoblación en los centros de detención transitoria está aumentando considerablemente, lo que ha derivado, además de otras problemáticas, en un riesgo mayor para sus custodios.

La Policía Nacional informó que, con corte al 25 de febrero pasado y a nivel Colombia, había cerca de 22.000 detenidos en sus instalaciones, un incremento de poco más del 14% en comparación con los datos consignados en la Sentencia SU122 de 2022 de la Corte Constitucional.

La petición la hizo la Defensoría tras el reciente asesinato de un policía y las heridas que sufrió otro cuando intentaron impedir la fuga de 13 hombres recluidos en la estación de Policía ‘La Minorista’, en Medellín, Antioquia.

“Esta situación, que lamentamos y rechazamos, se da en el contexto de una irregularidad en la detención dentro de las estaciones de Policía y unidades de reacción inmediata, atendiendo al estado de cosas inconstitucional declarado por la Corte Constitucional en la Sentencia SU122 de 2022”, afirma el Defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis.

La Defensoría del Pueblo considera que utilizar estaciones de Policía como lugares de reclusión permanente se debe a la falta de coordinación entre las entidades de la Rama Ejecutiva, pero también, a la ausencia de articulación con los gobiernos locales para cumplir con lo que dictan los artículos 17 y 19 del Código Penitenciario.

El ‘Decimoquinto informe semestral de seguimiento al estado de cosas inconstitucional’ da cuenta de que el Gobierno Nacional ha implementado una política de traslados, con la finalidad de alivianar la sobrepoblación en las estaciones de policía y unidades de reacción inmediata. No obstante y según el informe de contraste realizado por la Defensoría, el ritmo actual de traslados conllevaría 13 años en desocupar los espacios de detención transitoria.

“Basados también en la Sentencia SU122 de 2022, le solicitamos a la Rama Judicial que emita medidas concretas para que los jueces encargados del control de garantías determinen el lugar de reclusión de las personas con medida de aseguramiento”, indica Carlos Camargo Assis.

Igualmente, insta a los departamentos, distritos y municipios a asumir la responsabilidad de mantener y custodiar a quienes están detenidos de forma preventiva. Si no cuentan con centros carcelarios propios, les solicita establecer convenios con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) para que sean trasladados a establecimientos de reclusión nacional.

Con fecha del 25 de febrero de este año, la Policía Nacional informó que había 21.829 personas detenidas en tales instalaciones, en el país. Las cifras muestran un aumento del 14.2% en comparación con los datos reportados por la Corte Constitucional en la Sentencia en mención, pues daba cuenta de 19.108 personas detenidas en esos lugares, con corte al 16 de abril del 2021.

La sobrepoblación está originando una serie de situaciones que vulneran los derechos tanto de los detenidos como de sus custodios, cada vez más en peligro por las problemáticas derivadas del propio hacinamiento.

Honrando su compromiso de proteger y promover los derechos humanos, la Defensoría se compromete a trabajar en la regularización del ingreso de los capturados a los establecimientos de reclusión nacionales.