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Judicial Nacional

Imponen más de 11 años de prisión a 4 integrantes de clan familiar por derrumbe del edificio Blas de Lezo y la construcción irregular de otras estructuras en Cartagena

–Estas fotos son el triste recuerdo de la tragedia ocurrida el 27 de abril de 2017 cuando el edificio Blas de Lezo 2 se derrumbó en la ciudad de Cartagena porque había sido construido con materiales de mala calidad y sin cumplir los requisitos que demandan este tipo de estructuras. El colapso de la estructura dejó 21 muertos y 21 heridos.

Este viernes, pasados 7 años, los responsables de la construcción fueron condenados a 11 años y 5 meses de cárcel.

Ellos son los hermanos Wilfran, Eusebio, Emis y María de las Nieves Quiroz Ruíz, quienes fueron declarados culpables de los delitos de uso de documento, fraude procesal y estafa en masa.

La decisión judicial también cobijó a Reynaldo Camargo Ruíz, constructor de la firma.

Precisamente, los hechos investigados se iniciaron a raíz del desplome del edificio Blas de Lezo 2, ocurrido el 27 de abril de 2017 en la capital de Bolívar, cuya construcción estuvo a cargo de este clan familiar.

Adelantado el proceso se logró establecer que 34 edificios construidos por la familia Quiroz en Cartagena no reunieron los requisitos de las normas urbanísticas. Para ello aportaron licencias de construcción falsas que posteriormente fueron presentadas en notarías y en las oficinas de Instrumentos Públicos y así obtuvieron escrituras públicas y registros de los apartamentos que estaban a la venta.

Así mismo, que las edificaciones construidas y entregadas a sus clientes presentaban irregularidades en su estructura, falta de calidad en los materiales y anomalías como servicios públicos compartidos, entre otros.

Con la actividad ilícita los procesados indujeron en error a funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones afectando la recta administración de justicia y el patrimonio económico sin justa causa.

Por disposición judicial también se les obliga a los hoy sentenciados a cancelar una multa de 320 salarios mínimos legales vigentes y la inhabilitación para el ejercicio de sus funciones públicas por 10 años, 8 meses y 12 días.

El cumplimiento de la pena se realizará en sus lugares de domicilio de los condenados.