Foto: Acueducto de Bogotá
Desde este martes 16 de abril de 2024, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -EAAB- comenzó con el registro para efectuar cobros adicionales por consumo excesivo de agua en los hogares de la ciudad y municipios aledaños que se surten del sistema.
El Acueducto analizara? los consumos y aplicara? la medida de desincentivo al consumo en exceso a los usuarios que superen bimestralmente 44 metros cu?bicos de consumo de agua, es decir 22 metros cúbicos mensuales. El cobro adicional para los hogares que superen los 22 metros cúbicos mensuales se vera? reflejado en la factura que llegara? a los predios en el mes de junio.
La EAAB adopta la medida para hacer frente a los efectos causados por el feno?meno de variabilidad clima?tica de El Nin?o, que debido a su severidad ha afectado la recuperacio?n y los niveles de los embalses de Chuza y San Rafael, que abastecen de agua potable a la ciudad y municipios aledaños.
La medida del Acueducto de Bogotá está sujeta a las Resoluciones 943 de 2021 y 039 de 2024 de la Comisio?n de Regulacio?n de Agua Potable -CRA- que establecen la figura del desincentivo mediante un cobro adicional en el servicio de agua potable sobre los consumos de los suscriptores residenciales que excedan en un mes el doble del consumo ba?sico.
A continuación una declaración en video de la gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -EAAB-, Natasha Avendaño, en la que explica el proceso de cobros adicionales Poor consumo excesivo de agua en la ciudad y municipios aledaños:
El desincentivo es un instrumento econo?mico previsto en la regulacio?n para contribuir a la gestio?n de la demanda de agua en los casos en que se presente disminucio?n en los niveles de precipitacio?n ocasionada por feno?menos naturales y por condiciones de variabilidad clima?tica de cara?cter regional, asociada a de?ficits de los niveles de precipitacio?n en el pai?s.
Los recursos que se recauden no representan mayores ingresos de la Empresa y debera?n ser transferidos al Fondo Nacional Ambiental del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Por tal razo?n, los usuarios residenciales que consuman ma?s de 44 metros cu?bicos en el bimestre (22 metros cu?bicos al mes), debera?n pagar un valor adicional por cada metro cu?bico, en cual se vera? reflejado en la factura correspondiente al ciclo siguiente de facturacio?n, independientemente del estrato socioecono?mico asi?:
- Bogota?: $3.380,84 por m3 superior al li?mite de 22 m3 mensuales.
- Soacha: $3.105,39 por m3 superior al li?mite.
- Gachancipa?: $2.384,24, por m3 superior al li?mite.
- Tocancipa? y Zipaquira?: $2.082,39, por m3 superior al li?mite.
Esta medida adoptada por la EAAB-ESP exceptu?a a los inquilinatos, entidades sin a?nimo de lucro que reciben un servicio especial, multiusuarios, a los usuarios de a?reas comunes de inmuebles residenciales bajo el re?gimen de propiedad horizontal.