–La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó este miércoles con 126 votos por el Sí y 17 por el No, el informe de conciliación del proyecto de ley que prohíbe las corridas de toros en Colombia. El promotor de la iniciativa, Juan Carlos Losada, celebró la decisión, destacando que la corporación legislativa «reiteró su voto por la vida» al aprobar la conciliación.
Igualmente reiteró su agradecimiento «a los Congresistas que apoyaron, a los activistas, organizaciones y miles de ciudadanos que siempre lucharon con nosotros por tener una Colombia Sin Toreo».
Porque la tortura no se regula, la tortura se prohíbe, hoy la Plenaria de @CamaraColombia reitera su voto por la vida aprobando el informe de conciliación de #NoMásOlé.
Reiteramos nuestro agradecimiento a los Congresistas que apoyaron, a los activistas, organizaciones y miles de… pic.twitter.com/KQ5C1XCuJ0
El proyecto aprobado por el Congreso pasa ahora a la sanción presidencial para convertirse oficialmente en Ley de la República.
El pasado 28 de mayo, la iniciativa de poner fin a la práctica del toreo en Colombia, se aprobó en el Congreso después de más de 7 años ded discusiones. En el año 2010, fue proferida la sentencia C-666 de la Corte Constitucional, decisión que ponderó el deber de protección a los animales en su calidad de seres sintientes, con las tradiciones culturales y la expresión de las mismas en aquellos territorios donde existe un arraigo social por parte de la población frente al rejoneo, las corridas de toros, las novilladas, las becerradas y las tientas, tal como lo destacó la ponencia respectiva.
En aquella oportunidad la Corte decidió declarar exequibles las actividades de entretenimiento y de expresión cultural exceptuadas en el artículo 7 de la Ley 84 de 1989, fijando algunas limitaciones con el fin de adaptar dicha normativa a la nueva realidad jurídica que se impuso con la expedición de la Constitución de 1991.
El Alto Tribunal Constitucional, además, en distintas oportunidades ha delegado al legislador la potestad de determinar los alcances de la protección a los animales e incluso, desde el año 2010, dejó claro que era el Congreso el llamado a determinar si las actividades taurinas debían mantenerse por su connotación cultural o si, por el contrario, era procedente proceder a su eliminación, con el fin de cumplir los postulados de la Carta Política en materia de protección ambiental y animal, y del mismo reconocimiento hecho por la Corte, del carácter cruel y violento de las corridas respecto a los animales.
Es así, como desde el año 2017 se han venido presentando distintas iniciativas legislativas, para prohibir de forma definitiva las prácticas taurinas en el país. Estos trámites han estado rodeados de la participación de las organizaciones civiles animalistas, que han apoyado y gestionado esta modificación que se ajusta no solo a las leyes y a la jurisprudencia actual, sino que responde verdaderamente a las nuevas formas de relacionamiento ético de los seres humanos con el ambiente y la otredad animal. No obstante, estos proyectos también han contado con la participación de los aficionados a la denominada “fiesta brava”, que han intentado mantener incólume estas tradiciones pese a que, notoriamente, cada vez más, cuentan con menos adeptos.
En el caso del proyecto de ley número 271 de 2017 Cámara y 216 de 2018 Senado, fue radicado por el Ministerio del Interior, junto a una comisión ciudadana que solicitaron la presentación de la iniciativa a través de la Coalición Colombia Sin Toreo. En aquella oportunidad, el proyecto tuvo un exitoso paso en la Comisión Séptima y en la Plenaria de la Cámara de Representantes, sin embargo, no prosperó en el Senado de la República por vencimiento de términos.
El 1 de agosto de 2018, se radicó nuevamente el proyecto, el cual recogió las observaciones recibidas en el proceso legislativo anterior. El proyecto de ley 064 de 2018 superó nuevamente el primer debate en la Comisión Séptima del Cámara de Representantes, pero no alcanzó a tener debate en la plenaria de dicha corporación por lo que fue archivado.
En el año 2020 se volvió a radicar esta iniciativa, proyecto de ley 410 de 2020. A diferencia de los trámites anteriores, en esa oportunidad el enfoque del proyecto, más que controvertir actividades culturales o determinar mecanismos de sustitución laboral, se centró en los animales y en su condición de sujetos merecedores de una especial protección y del reconocimiento del derecho más básico de todos: el derecho a existir y a no ser sujetos a tratos crueles.
Se buscó entonces que la iniciativa fuera estudiada desde una perspectiva distinta, ya no desde el enfoque antropocéntrico que ha caracterizado, sino desde un análisis en el que el legislador evaluara a los animales como verdaderos sujetos de un derecho que, en este caso, está por encima del entretenimiento de los seres humanos.
Así las cosas, el proyecto de ley 410 radicado en 2020 inició su trámite en la Comisión Primera Constitucional de la Cámara de Representantes, donde fueron designados como ponentes los H.R. Juan Carlos Lozada Vargas, José Daniel López, Inti Raúl Asprilla, Luis Alberto Albán, Juan Manuel Daza y Carlos Germán Navas Talero. El proyecto fue aprobado en primer debate el 07 de diciembre de 2020.
La iniciativa pasó entonces a discusión en la plenaria de la Cámara de Representantes, etapa en la que fue aprobado el 19 de abril de 2022.
Habiendo surtido su trámite en la Cámara, el proyecto fue remitido a la Comisión Primera del Senado de la República, donde fueron designados como ponentes los H.S. Roy Leonardo Barreras, Angélica Lozano, María Fernanda cabal, Luis Fernando Velasco, Julián Gallo Cubillos, Eduardo Emilio Pacheco, Carlos Guevara Viillabón, Roosevelt Rodríguez, Juan Carlos García y Temístocles Ortega.
El 4 de mayo de 2022 la H.S. María Fernanda Cabal, solicitó la realización de audiencia pública, instancia que tuvo lugar el 2 de junio. En la audiencia se escuchó a diversos sectores que manifestaron sus opiniones frente al proyecto.
Finalmente, la iniciativa no alcanzó a ser discutida, por lo que se archivó.
En 2022 se radicó nuevamente la iniciativa. El PL 007 de 2022 fue aprobado por la Comisión Primera de la Cámara de Representantes y fue archivado en la Plenaria de la Corporación, por inquietudes de los congresistas relacionadas con las afectaciones económicas y laborales que se podrían derivar de la prohibición.
Sin embargo, convencidos de la importancia de insistir en la aprobación de este proyecto, los promotores la volvieron a radicar para que fuera discutido en la legislatura 2023-2024, habiendo ajustado el texto para responder a las inquietudes plasmadas por los congresistas y convencidos de la necesidad de acabar definitivamente con unas prácticas que, bajo el manto de actividades culturales, incitan la construcción de una sociedad violenta y desconocen el mandato constitucional de respetar y preservar todas las formas de vida.
Finalmente, el pasado 5 de junio, el Senado aprobó la conciliación del Proyecto de Ley No. 309, “por el cual se prohíbe en todo el territorio nacional el desarrollo de las actividades de corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas, encierros y suelta de vaquillas, así como los procedimientos utilizados en estos espectáculos, tanto en el ámbito público como en el privado”.
