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EL DERECHO OBLIGACION DE LA EDUCACIÓN

En pleno siglo XXI en Colombia se convocan a los más ilustrados para que digan si la educación es un derecho fundamental, si enseñar debe ser tarea del Estado, de los particulares o de ambos. No hay duda de que Colombia es un país macondiano, kafkiano, génesis de lo irreal y de lo absurdo, luchador por la invención de la rueda y pretende descubrir el fuego.

Confucio, maestro y filósofo Chino, quien vivió en el siglo V y VI antes de Cristo, afirmó, “La educación alimenta la confianza. La confianza alimenta la esperanza. La esperanza alimenta la paz.”

Eurípides, poeta y filosofo griego, quien vivió en el siglo V antes de Cristo, enseño: «El que se niega a aprender en su juventud se pierde en el pasado y está muerto para el futuro».-

De la sabiduría popular tomo el siguiente proverbio Tibetano: “Un niño sin educación es como un pájaro sin alas.”

Nelson Mandela, político y filántropo sudafricano afirmó: “La educación es el arma más poderosa que puedes usar para cambiar el mundo.”

Desde hace miles de años se enseña que la educación es un derecho de las personas y una obligación de la familia, de la sociedad y del Estado y en Colombia seguimos debatiendo si es un derecho fundamental.

Doy fe de que estudié bajo los preceptos de la Constitución de 1886, actualizada en 1936, que disponía que con la educación se debía “procurar el cumplimiento de los fines sociales de la cultura y la mejor formación intelectual, moral y física de los educandos.”

En primaria tuve maestros por vocación, exigentes a quienes debíamos respeto y obediencia. En secundaria recibí información, formación, educación de excelente calidad. Me formaron como persona al servicio de la educación. Maestros sabios. Falló la enseñanza de un segundo idioma y faltó voluntad para aprenderlo bien luego en la vida como adulto.

La educación fue de tiempo completo, gratuita y el aprendizaje obligatorio. Era de buena calidad, pero no era obligatoria y no era para todos. La escuela formaba y había educación terciaria. Bachilleres expertos en oficios técnicos y en actividades agrícolas. El SENA y los institutos técnicos y luego los tecnológicos y la opción de continuar con estudios avanzados para obtener grados universitarios.

La implementación de medias jornadas, de aprobación por logros, de la promoción automática, de la clausura de las escuelas de pedagogía, la venta de cartones que certifican pago de matriculas pero no de formación académica, la abolición de la enseñanza de la historia y las humanidades, el propósito de acabar con la familia como célula fundamental de la sociedad, el deshecho del respeto y la decencia, el cambio de los principios libertad y orden por libertinaje y desorden, la mutilación de la estima, la esclavitud de las máquinas tecnológicas y el mal uso de la tecnología, entre otros factores nos han llevado a los niveles de incultura que hoy vivimos dando traste a la sana convivencia, al respeto a las instituciones, al imperio del engaño y la mentira especialmente en los espacios de personas que deberían ser ejemplo de vida.

Se pretende dictar una ley para declarar que la educación es un derecho fundamental, olvidando que es derecho fundamental desde hace años y en la Constitución desde 1991.

También se olvida que la educación es un derecho de todas las personas, desde por lo menos un año antes de la concepción hasta el final de sus días y que es una obligación, entre otros, de la familia, la sociedad, las autoridades, los medios de comunicación, las redes sociales, los lideres sociales, el Estado.

Las normas constitucionales sobre educación, sobre sana convivencia, están sin estrenar en su mayor parte.

El Art. 67 de la Constitución orden: “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos. Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo. La Nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la Constitución y la ley.”

El Art. 68 de la Constitución, dispone: “Los particulares podrán fundar establecimientos educativos. La ley establecerá las condiciones para su creación y gestión. La comunidad educativa participará en la dirección de las instituciones de educación. La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica. La Ley garantiza la profesionalización y dignificación de la actividad docente. Los padres de familia tendrán derecho de escoger el tipo de educación para sus hijos menores. En los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa. Las integrantes de los grupos étnicos tendrán derecho a una formación que respete y desarrolle su identidad cultural. La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado.”

Destaco las siguientes ideas:

  1. Con la educación se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura.
  2. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz, a la democracia y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.
  3. La familia, la sociedad y el Estado son responsables de la educación.
  4. Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos.
  5. La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica.
  6. La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado.

Las normas existen, hay cientos de oficinas para atender la garantía del derecho fundamental a la información, formación y educación de los habitantes de Colombia. En vez de discutir y discutir hagamos realidad lo que ordenan los Arts. 67 y 68 de la Constitución complementados, entre otros, por el Art. 2 de la Constitución.

Abog. Carlos Fradique-Méndez Sr.

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