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JEP negó libertad transitoria al excabecilla paramilitar Salvatore Mancuso y la petición para ser gestor de paz

–La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz JEP, negó la libertad transitoria, condicionada y anticipada solicitada por la defensa del excabecilla paramilitar Salvatore Mancuso Gómez. Igualmente negó su libertad en su calidad de gestor de paz nombrado por el gobierno Nacional.

La sala determinó que en vista de que la comparecencia de Mancuso ante la Jurisdicción Especial para la Paz se encuentra en estudio por parte de la Corte Constitucional debido a una “colisión positiva de competencia de jurisdicciones”, la competencia de la JEP, por el factor personal, se encuentra cuestionada.

Así mismo, la sala argumentó que la solicitud de libertad de Mancuso como gestor de paz fue negada por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal de Barranquilla.

Dicha decisión fue apelada, no habiendo sido resuelto el recurso por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en atención al conflicto de competencias que se surte en la Corte Constitucional. Por esta razón la JEP también negó la libertad de Mancuso como gestor de paz.

Salvatore Mancuso fue designado “gestor de paz” por el presidente Gustavo Petro en agosto de 2023 con el encargo de contribuir en los procesos de desarme colectivo de grupo ilegales que tienen un alto impacto en las actividades criminales en el país.

En noviembre de ese mismo año, la JEP aceptó de manera excepcional el sometimiento de Salvatore Mancuso Gómez en su calidad de sujeto funcional y materialmente incorporado a la fuerza pública, entre 1989 y 2004.

En ese periodo, según la JEP, Mancuso ejerció un rol de bisagra en la cúspide, como superior, con la fuerza pública, con capacidad de establecer patrones de macrocriminalidad.?

Salvatore Mancuso presentó su solicitud de sometimiento a la JEP en 2018 en calidad de tercero civil. Esa solicitud fue rechazada en primera instancia ?en una decisión dividida? por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad en junio de 2020, por tratarse de un excomandante paramilitar, condición sobre la que no tiene competencia la JEP.

La decisión fue apelada y la Sección de Apelación de la JEP la ratificó. Sin embargo, la sección abrió una ventana al condicionar el eventual ingreso de Mancuso a que demostrara su condición de bisagra o punto de conexión entre los paramilitares y la fuerza pública. Para ello, la Sección de Apelación ordenó la realización de una Audiencia Única de Aporte de Verdad, que se llevó a cabo en mayo pasado en Montería (Córdoba) durante cuatro días y que concluyó este viernes 17 de noviembre, en Bogotá.

En la diligencia de Montería, que tuvo una duración de 36 horas, Mancuso debió aportar pruebas y demostrar que ejerció un rol de sujeto incorporado material y funcionalmente a la fuerza pública, y que ejerció un rol esencial en la coordinación de esas acciones.