Bogotá

Video: Paso a paso para acceder a los Alivios Tributarios en Bogotá 2024

¿Estás en mora con obligaciones tributarias e impuestos en Bogotá Esta es tu oportunidad para ponerte al día.  Algunos contribuyentes y ciudadanos que estén con pagos tributarios e impuestos podrán ahorrarse el 80 % en intereses y sanciones al pagar el 100 % del impuesto adeudado. Esto gracias a los Alivios Tributarios 2024 que fueron aprobados en el Plan Distrital de Desarrollo ‘Bogotá Camina Segura’.

La Administración distrital ha articulado un conjunto de políticas tributarias que incluyen reducciones tarifarias, exenciones temporales y otras medidas de estímulo fiscal dirigidas a sectores particularmente afectados por condiciones económicas adversas. Comprender el proceso detallado para acceder a estos beneficios es esencial, pues implica cumplir con requisitos específicos y procedimientos administrativos que garantizan la transparencia y la equidad en la aplicación de los beneficios fiscales.

¿Qué obligaciones cobija?

Obligaciones tributarias

Para contribuyentes que se encuentren en la etapa de cobro: ?

  • Predial o Vehículos de las vigencias 2020, 2021 y 2022. ?
  • ICA y otros impuestos, deudas que entraron en mora entre el 12 marzo de 2020 y el 30 de junio de 2022

Para contribuyentes que tienen obligaciones en mora al 12 de junio de 2024 y la Secretaría de Hacienda: ?

  • No ha emitido una liquidación oficial. ?
  • Emitió una liquidación oficial, pero no está en firme. ?

De acuerdo con las cifras de la Secretaría de Hacienda (SDH), este alivio tributario puede beneficiar a más de 1.105.000 contribuyentes con cerca de 2.778.934 obligaciones.

Obligaciones no tributarias

Son aquellas deudas con las secretarías del Distrito y/o Alcaldías? Locales que hayan entrado en mora hasta el 30 de junio de 2022 por uso de bienes y servicios o por sanciones y multas. ?Es importante tener en cuenta que, para las multas de tránsito y las obligaciones con el fondo de salud, el alivio se debe solicitar en las secretarías de Movilidad y Salud, respectivamente.

Los contribuyentes interesados en acogerse al alivio tributario pueden optar por dos modalidades de pago:

  • Pago completo del 100 % de la obligación y el 20 % de la sanción e intereses causados, que debe hacerse máximo hasta el 13 de diciembre del 2024.
  • Facilidad de pago: aplica únicamente para deudas de impuestos en etapa de cobro. El plazo para acogerse a esta facilidad vence el 15 de octubre de 2024.

Para acogerse a la facilidad de pago, el deudor debe pagar al menos el 30 % de todas las deudas a su cargo, incluidos capital, intereses y sanciones, aplíqueles o no el alivio tributario, y no estar reportado en el Boletín de Deudores Morosos del Estado por incumplimiento de acuerdo de pago.

Acércate a a los CADE o SuperCADE de la ciudad y accede a los beneficios.

La Secretaría de Hacienda (SDH) les recuerda a los contribuyentes que todos los trámites ante la entidad son gratuitos, por lo que recomienda no acudir a tramitadores.