Corte Suprema condenó a más de 23 años de cárcel al excongresista César Pérez García por asesinato de exalcalde de Remedios, Antioquia
–La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al excongresista César Augusto Pérez García a una pena de 279 meses de prisión (más de 23 años), y una accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas por 10 años, como determinador del homicidio de Elkin de Jesús Martínez Álvarez, alcalde electo del municipio de Remedios, Antioquia.
Esta es la segunda condena que se le impone al polémico exsenador antioqueño, pues está afrontando una pena anterior de 30 años de presidio por la masacre de Segovia, ejecutada por los grupos paramilitares en noviembre de 1988, con un saldo de 46 personas muertas y más de 50 heridas.
La Corte Suprema dispuso igualmente negar al exsenador Pérez García la condena de ejecución condicional y la prisión domiciliaria. En consecuencia, una vez en firme dicha determinación deberá librarse orden de captura en su contra para el cumplimiento de la nueva pena privativa de la libertad que se le impone.
Los hechos están relacionados con la violencia política registrada en 1988 y la pérdida del poder del excongresista en los municipios del nordeste antioqueño, entre ellos Segovia y Remedios, cuyos espacios estaban siendo copados por la Unión Patriótica.
De acuerdo a la investigación, Pérez García, entró en contacto con los paramilitares Fidel Castaño y Henry de Jesús Pérez, jefes del grupo armado ilegal autodenominado «Muerte a Revolucionarios del Nordeste», a quienes les pidió su ayuda con el propósito de que procedieran a expulsar a sus líderes de esa región; éstos, a su vez, acudieron a Alonso de Jesús Baquero Agudelo, alias Vladimir, quien en cumplimiento de dicha orden se dedicó a perseguir a quienes el excongresista consideraba sus contradictores políticos, mediante amenazas de muerte.
En ese contexto se registró el homicidio de Elkin de Jesús Martínez Álvarez cuando se encontraba en la puerta de un hotel de la capital de Antioquia esperando un taxi.
En efecto, tal como lo reseña la providencia de la Corte Suprema, el 16 de mayo de 1988, en las horas de la mañana, Elkin de Jesús Martínez Álvarez, alcalde electo del municipio de Remedios, Antioquia, por el movimiento político Unión Patriótica, se encontraba en la entrada del Aparta hotel “El Cristal” de la ciudad de Medellín a la espera de un taxi que lo transportaría, junto con otras personas, al aeropuerto José María Córdova, para viajar a Cartagena. En ese momento se le acercó un sujeto desconocido que en los instantes previos se apeó de una motocicleta y disparó, sin modular palabra alguna, el arma de fuego que traía consigo en seis oportunidades contra aquél, causándole la muerte.
También el alto tribunal recordó que el homicidio del alcalde electo de Remedios se enmarca en la categoría de crímenes de lesa humanidad y, por ende, se torna imprescriptible, pues fue perpetrado en cumplimiento del plan criminal que tuvo desarrollo en el Magdalena medio y en el nordeste del Departamento de Antioquia por parte del grupo armado ilegal de autodefensa, con centro de operaciones en Puerto Boyacá, por entonces liderado por Fidel Castaño Gil y Henry de Jesús Pérez Morales, a cuya cúpula afirma perteneció el sindicado CÉSAR AUGUSTO PÉREZ GARCÍA «por conducto de los integrantes de la facción autodenominada “Muerte a los Revolucionarios del Nordeste” -MRN, para entonces calificada de
“paramilitar”».
El propósito del crimen «surgió con ocasión de la ambición del aforado de recuperar la hegemonía política de la zona del nordeste antioqueño, que había perdido en manos de la recién creada Unión Patriótica, a partir de los comicios del 9 y 13 de marzo de 1986 y 1988, respectivamente; designio materializado a través de un ejecutor material perteneciente a la organización y dominado entonces de manera mediata».