Foto: Terminal de Transporte de Bogotá
En referencia a la circular externa No 0557 del 20 de agosto de 2024, emitida por el Ministerio de Transporte, mediante la cual se imparten medidas para prevenir y erradicar cualquier forma de explotación de niños, niñas y adolescentes, la Terminal de Transporte de Bogotá brindará todo el apoyo a las empresas de transporte para que se articulen con la Policía de Infancia y Adolescencia, la Superintendencia de Transporte y toda la oferta interinstitucional que opera el SuperCade Social ubicado en la Terminal Salitre.
“La Terminal de Transporte de Bogotá ha adoptado un protocolo para la prevenir cualquier explotación de menores de edad, el cual se encuentra incorporado en el Manual de Operaciones, el objetivo es proteger a nuestros niños y adolescentes. El objetivo del protocolo es articular los actores públicos y privados que se activan en la ruta de protección cuando un menor de edad este en riesgo. Es importante que los usuarios consulten la política de transporte de menores de edad de la empresa de transporte de pasajeros que operan desde nuestras tres infraestructuras.”, señala Rafael González, Subgerente de Operación de la Terminal de Transporte.
Dentro de las instrucciones proferidas por el Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Transporte verificará:
- La venta y expedición de tiquetes a usuarios menores de edad que viajen con o sin acompañante.
- Las medidas de verificación de las condiciones en que viajan los menores de edad, es decir, en compañía de un adulto responsable o bajo la responsabilidad de la empresa de transporte.
- Las medidas de cuidado que se deben implementar cuando los niños, niñas y adolescentes viajan sin la compañía de un adulto responsable y bajo la custodia y cuidado del transportador.
- El transporte de niños, niñas y adolescentes en situación de discapacidad.
- La implementación de piezas informativas sobre tendientes a prevenir la explotación de niños, niñas y adolescentes.
- El deber de denunciar situaciones en donde se evidencie situaciones de riesgo para los niños, las niñas y los adolescentes.
La Dirección de Prevención, Promoción y Atención a Usuarios de la Superintendencia de Transporte publicó un modelo de autorización para el transporte de menores de edad sin acompañante o acompañado de un adulto diferente al padre, madre o tutor legal. Esto, debido a que uno de los requerimientos de la norma exige diligenciar un documento cuando el niño, niña o adolescente viaje solo.
Este modelo puede ser descargado en el enlace: https://www.supertransporte.gov.co/documentos/2024/Octubre/ProteccionUsuarios_01/MODELO_DE_AUTORIZACION_PARA_EL_TRANSPORTE_DE_NNA-1.pdf
Así mismo, la entidad tiene a disposición de los transportadores un modelo de pieza que advierte las consecuencias de la explotación de niños, niñas y adolescentes, así como la necesidad de expedir una autorización a los menores que viajan sin la compañía de sus padres o tutores legales.
De acuerdo con las directrices del Ministerio de Transporte, el uso e implementación tanto del formulario como de las piezas, no es obligatorio para la empresa de transporte y esta podrá optar por implementar formatos propios, que deberán contener todos los aspectos indicados en el numeral 3 de la circular externa 20244000000557 del 20 de agosto del 20.