–(Captura de video). A cinco años de los hechos, la Procuraduría General de la Nación anunció este viernes sanciones a cuatro funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, por facilitar la fuga de Aida Merlano, ocurrida el 1 de octubre de 2019, cuando cumplía una condena de 15 años por los delitos de concierto para delinquir agravado, corrupción al sufragante y tenencia ilegal de armas.
El ministerio público sancionó con destitución e inhabilidad general por 8 años a la exsubdirectora del penitenciario El Buen Pastor, Katherine Lozano Forero, así como al comandante de Custodia y Vigilancia, David Alexander Álvarez Cárdenas; a la teniente en prisiones, Diana Cecilia Muñoz Miguez; y al dragoneante, Luis Alejandro Ballesteros Rincón, con suspensión de 3 meses.
La Procuraduría señala que corroboró que Katherine Lozano Forero, mientras fungía como directora encargada de la cárcel de mujeres, aprobó los documentos judiciales para el traslado de la condenada a un consultorio médico en las fechas del 26 de septiembre y el 01 de octubre de 2019.
Igualmente precisa que verificó que el comandante David Alexander Álvarez Cárdenas, mientras se encontraba en su periodo de vacaciones, suscribió la remisión médica de la privada de la libertad al centro odontológico “Clínica de la Sabana” en Bogotá, sin las medidas de seguridad necesarias para realizar los respectivos movimientos.
A su vez, el ente disciplinario confirma que Muñoz Miguez entregó las boletas hospitalarias y la orden judicial para la salida del centro de reclusión de Merlano Robledo, con el objeto de la realización de un procedimiento estético dental.
También señala que el dragoneante Ballesteros Rincón permitió que la procesada tuviera interacción con sus hijos Aida Victoria y Esteban, mientras su permanencia en el centro hospitalario, lo que «llevo consecuentemente a huir del lugar».
La Procuraduría sostiene su decisión que «los disciplinados vulneraron los principios de moralidad, responsabilidad, transparencia y eficacia que esta establecido en la ley para cumplimiento de los servidores públicos».
Finalmente, la Procuraduría Distrital de Juzgamiento calificó las faltas del comandante y de la teniente como gravísima, a título de dolo; de la subdirectora como gravísima, a título de culpa gravísima; y al dragoneante como grave, a título de culpa.