SuperIndustria confirma multa por más de $554 millones a Inversiones Glucloud por irregularidades en comercialización de productos de vapeo
–La Superintendencia de Industria y Comercio, a través de la Delegatura para la Protección del Consumidor, confirmó la sanción impuesta a Inversiones Glucloud S.A.S, por un valor de $554.480.000, al haber incurrido en diferentes irregularidades en la comercialización de productos de vapeo.
El organismo de control, cita las siguientes irregularidades:
1.Falta de información clara y suficiente sobre la nocividad de los productos, el nivel de nicotina, los tiempos de entrega y las condiciones para acceder a las promociones y ofertas.
2. Ausencia de advertencias sobre la nocividad de los productos, la necesidad de consultar las condiciones para su uso correcto, y las contraindicaciones correspondientes.
3. La inclusión de cláusulas abusivas en los términos y condiciones.
4. Incumplimiento de las obligaciones como proveedor en el comercio electrónico, como la información sobre las características de los productos, la posibilidad de radicar peticiones, quejas y reclamos (PQR) con constancia de fecha y hora, y la falta de un enlace a la autoridad de protección al consumidor en Colombia.
La Superintendencia de Industria y Comercio advierte que esta decisión se suma a otros casos recientes en los que la Superintendencia, con el compromiso de proteger el bienestar de los consumidores, confirmó distintas sanciones impuestas a personas dedicadas a la comercialización de productos de vapeo.
Ellas son las siguients:
-Sanción a British American Tobacco Colombia S.A.S. (R. 65387 de 2024), que comercializa los productos Vuse, con una multa de $1.113.600.000 por no informar de manera clara sobre la nocividad de sus productos, la inclusión de cláusulas abusivas en los términos y condiciones y la ausencia de advertencias adecuadas en sus empaques y publicidad, entre otras irregularidades.
-Sanción a Lifetech S.A.S. (R. 59842 de 2024), que comercializa los productos Vapor Kingdom, con una multa de $120.640.000 por no advertir la nocividad, incluir cláusulas abusivas y vulnerar el derecho de retracto, entre otras
infracciones.
-Sanción a David Arturo Lozano (R. 59842 de 2024), franquiciante de Lifetech, con una multa de $6.960.000, por infringir normas de publicidad al no advertir sobre la nocividad de los productos.
-Sanción a Carlos Andrés Lozano Garzón (R. 59842 de 2024), franquiciante de Lifetech, con una multa de $11.600.000 por proporcionar información en un idioma distinto al castellano y por no advertir sobre los riesgos de los productos.
-Sanción a DIY S.A.S. (R. 67427 de 2024), que comercializa productos de vapeo de diferentes marcas, como IVG y Bombo, con una multa de $17.400.000, por restringir el derecho de los consumidores a reclamar por garantía, exigir la
presentación de la factura e incluir cláusulas abusivas en sus términos y condiciones, entre otras infracciones.
Sanción a Juan Sebastián Rodríguez (R. 67427 de 2024), quien comercializa los productos de vapeo ofrecidos por DIY a través de comercio electrónico, con una multa de $9.280.000 por incluir advertencias en un idioma distinto al castellano, omitir la información sobre la nocividad de los productos y la necesidad de consultar las condiciones para su uso adecuado.
Contra las decisiones adoptadas por la Delegatura de Protección al Consumidor no procede recurso alguno, subraya la Superindustria que concluye:
«Con estas sanciones, se busca proteger el derecho de los consumidores a contar con información clara y veraz, especialmente en 10 relacionado con productos que puedan ser nocivos para la salud. La SIC del Cambio reitera su compromiso con la protección del bienestar y los derechos de los consumidores, así como con la promoción de un
entorno comercial más justo y seguro para todos».