La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra seis uniformados quienes, en operaciones diferentes, habrían ocasionado la muerte a dos menores de edad en hechos registrados en Casanare y Antioquia.
En un primer caso, el Ministerio Público formuló cargos contra los soldados profesionales Genaro Vega Medina y Yovany Murillo Criollo, adscritos a la Unidad de Inteligencia del Gaula Casanare.
Según las investigaciones, los uniformados, en cumplimiento de una misión en la vereda Sirivana del municipio de Nuchía (Casanare), habrían disparado a un joven de 17 años de edad que había salido de su casa en las horas de la noche del 21 de diciembre de 2004 con una linterna a la carretera para revisar qué pasaba con un perro que ladraba insistentemente.
La Procuraduría señaló que “bajo el argumento de encontrarse repeliendo un presunto ataque de los paramilitares, procedieron a disparar su fusil de dotación oficial contra el menor de edad que, al parecer, se encontraba en estado de indefensión”.
El Ministerio Público advirtió que los mencionados soldados habrían incurrido en una grave infracción al Derecho Internacional Humanitario por cuanto habrían ocasionado la muerte a este joven que se encontraba compartiendo con sus familiares.
En un segundo caso, la Procuraduría formuló cargos contra el teniente Herbet Humberto Contreras Salazar y el cabo tercero Yamil Balanta Zapata, integrantes del Ejército Nacional, adscritos al Batallón de Infantería nro.3, Batalla de Bárbula.
Los hechos están relacionados con la muerte de un joven, ocurrida el 13 de enero de 2008 en jurisdicción del municipio de San Luis (Antioquia), que al parecer fue responsabilidad de los uniformados en desarrollo de una operación de registro y control del área para neutralizar, capturar, someter y bloquear la presencia de subversivos en la región.
Los uniformados, en su condición de comandantes de cada uno de los equipos que desarrollaban la operación militar, al parecer incurrieron en omisión debido a que “permitieron que los hombres bajo su mando hicieron uso de las armas de dotación sin tener un objetivo militar definido, causándole la muerte a un ciudadano”.
Adicionalmente, la Procuraduría señala que de acuerdo con las pruebas recaudadas, la víctima no participaba en las hostilidades y no pertenecía al Frente 9 de las FARC.
Para el Ministerio Público, con su conducta, los miembros del Ejército Nacional probablemente desconocieron los principios de distinción y protección general de que goza la población civil ajena al conflicto, señaló la Procuraduría General de la Nación.