En atención a la solicitud formulada por la Procuraduría General de la Nación, la administración municipal de Ibagué (Dirección de Contratación) revocó el proceso referente a la Licitación Pública Número 03 de 2012, por valor de 1.200 millones del municipio de Ibagué.
En su oportunidad, la Procuraduría Provincial de Ibagué, en desarrollo de la labor preventiva, elevó la solicitud ante la Secretaría de Planeación Municipal para que se estudiara la posibilidad de suspender el citado proceso licitatorio, tras advertir dudas que impedían garantizar el principio de transparencia, la selección objetiva del contratista e imparcialidad del proceso contractual.
Concretamente, el Órgano de Control señaló que al revisar el pliego de condiciones, la adenda 01 y el aviso informativo se encontró una regla no objetiva ni clara para las oferentes en relación con la experiencia específica.
En concepto del Ministerio Público, a pesar de que el aviso informativo no es un acto propio del proceso contractual para efectuar modificaciones al pliego de condiciones, fue utilizado por la Secretaría de Planeación de Ibagué para incluir una regla según la cual, para acreditar la experiencia específica se tendría en cuenta lo estipulado en el numeral 3.3.1 de los pliegos, numeral que había sido modificado en la adenda 01.
Dicha situación generó dudas por cuanto no quedó claro si con el citado aviso informativo se anuló la adenda 01 como acto válido del proceso de selección.
Por dicha razón, el Órgano de Control solicitó se estudiara la posibilidad de suspender el proceso y la viabilidad de aclarar todas las dudas surgidas, para ello con ello permitir unas reglas justas, completas y claras para los oferentes.