–De ahora en adelante, los pequeños empresarios podrán obtener créditos que respaldarán con bienes muebles y circulantes en el mercado o con bienes futuros, producto de su trabajo (garantía mobiliaria), de acuerdo con la ley 1676 que sancionó hoy el Presidente de la República, Juan Manuel Santos.
La norma tiene como objetivo promover el acceso de los pequeños empresarios a créditos, mediante el establecimiento de normas regulatorias de las garantías mobiliarias.
Concretamente, la ley establece que “tienen como propósito incrementar el acceso al crédito mediante la ampliación de bienes, derechos o acciones que pueden ser objeto de garantía mobiliaria simplificando la constitución, oponibilidad, prelación y ejecución de las mismas”.
De esta manera los empresarios podrán obtener créditos teniendo como “garantía mobiliaria” elementos de su unidad productiva, tales como: marcas, inventarios, maquinarias, facturas, cuentas por cobrar, ganado, cosechas futuras, entre otros tipos de bienes muebles, sean estos presentes y circulantes en el mercado, o bienes futuros derivados de aquel dado inicialmente como garantía.
De igual manera, la Ley 1676 posibilitar a los comerciantes su acceso a créditos de bajo costo.
El sistema implementado por el Gobierno Nacional trae una novedad en lo referente al procedimiento de ejecución de la garantía, pues pretende disminuir la congestión judicial.
La normativa crea espacios propicios para el fomento de negocios, incentiva las inversiones y genera mayor competitividad.