Judicial

Condenan a padrastro que mató a dos gemelos en Tolima

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El Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Ibagué profirió una condena de 50 años de cárcel contra Pedro Andrés Laserna Mendieta, al hallarlo culpable del doble homicidio de los hijos de su expareja sentimental, dos gemelos de 7 años de edad, en hechos registrados en agosto de 2011 en el municipio de Anzoátegui, Tolima.

El caso se remonta al 31 de agosto de ese año, cuando los niños fueron a una clase de fútbol y jamás regresaron. Mariela Tabares Reyes, la madre de los gemelos, recibió una llamada de parte de su ex compañero sentimental identificado como Pedro Andrés Laserna Mendieta, quien le manifestó que conocía del paradero de los menores.

Laserna le dijo a su ex compañera que tenía conocimiento de que los niños estaban en poder de un supuesto guerrillero de nombre Mauricio Morales, quien exigía diez millones de pesos por su liberación. El hombre, además, le exigió a la madre de los gemelos que le adelantara un millón de pesos para llevárselo al supuesto guerrillero, y que él se encargaría de pagar el resto.

Días más tarde, Laserna Mendieta le dijo a la desesperada madre que él tenía en su poder a los dos infantes, y que los iba a devolver a través del párroco de la población, cosa que nunca hizo.

Sin embargo, el 6 de septiembre de 2011 en el potrero La Secreta, zona rural de la vereda El Placer, municipio de Anzoátegui, fueron encontrados los cuerpos sin vida de los niños, quienes presentaba heridas con arma corto punzante.

Luego de la investigación, la justicia halló culpable a Pedro Andrés Laserna Mendieta de los delitos de secuestro extorsivo agravado y homicidio agravado.

Y aunque su defensa argumentó que él sólo sirvió de intermediario entre el supuesto raptor y la madre de los menores, sus argumentos no fueron convincentes para la Fiscalía.

Por esos hechos, el padrastro de los dos infantes asesinados fue condenado a 50 años de prisión y al pago de 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

El fallo dice, además, que la multa económica deberá pagarse en un término que no exceda tres meses contados a partir de la ejecutoria de la decisión a favor del Consejo Superior de la Judicatura.

Así mismo, a Laserna Mendieta le fue impuesta la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un término de 20 años.

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