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CNE abrió investigaciones por publicidad política extemporánea en Cartagena

publicidad exteriorEl Consejo Nacional Electoral informó que ha proferido cinco resoluciones en zonas de la Costa Caribe, que obligan al desmonte de la propaganda electoral extemporánea, la cual, estarían realizando aspirantes a las elecciones regionales de este año.

Según una nueva resolución emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE), se encuentra realizando investigaciones abiertas a los aspirantes a la alcaldía de Cartagena, Antonio Quinto Guerra y César Anaya. Así mismo, a José Anaya Donado y Hugo Guzmán Fonseca al concejo de la ciudad y Yolanda Wong aspirante a la gobernación de Bolívar.

“La solicitud es que retiren cualquier propaganda porque están violando la ley y hemos detectado que por ejemplo en Bolívar hay candidatos a la Gobernación y a varias alcaldías que ya tiene inundadas las paredes con afiches y pendones, no tenemos certeza de que partido representan pero esas campañas serán multadas una vez se inscriban formalmente”, añadió García, expresó el vicepresidente del Consejo Electoral, Felipe García.

Por su parte, Emiliano Bravo, presidente del CNE, afirmó que “se exigirá a las autoridades locales en conjunto con la policía que retiren esa publicidad que se ha venido ubicando en Cartagena. Por inspección ocular y por informes de prensa de varios medios de comunicación pudimos establecer que hay elementos de juicio para abrir estas investigaciones”.

Además recordó que la publicidad electoral debe circular tres meses antes de las alecciones.

Los departamentos que serán sometidos a las revisiones y desmonte de vallas y pasacalles están La Guajira, concretamente en el municipio de Riohacha, Barranquilla, Sincelejo y algunos municipios de Huila y Casanare que presentan denuncias por propaganda electoral extemporánea.

Cabe recordar a todos los ciudadanos que los candaditos a las próximas elecciones, podrán hacer propaganda electoral desde 90 días antes de la fecha de las elecciones; es decir, desde el 25 de julio de 2015. Hacerlo por fuera de ese término no solamente los expone a que sea retirada del espacio público, de vías, inmuebles y vehículos, sino que le podría acarrear sanciones a los infractores, siendo la de once millones de pesos ($11,000,000.00) la más baja.