Por irregularidades contractuales presentadas en la construcción de la Fase I del Parque Integral Metropolitano de Bucaramanga, la Procuraduría General de la Nación, mediante fallo de primera instancia, destituyó e inhabilitó por 11 años al señor Fernando Vargas Mendoza, en su calidad de alcalde de la capital santandereana para la época de los hechos.
Dentro de la determinación disciplinaria también se destituyó e inhabilitó por 12 años al señor Álvaro Antonio Ramírez Herrera, en su calidad de exsecretario de Infraestructura de esa Alcaldía.
El Ministerio Público encontró que el exalcalde intervino en la celebración del citado contrato de obra pública sin contar previamente con estudios técnicos y económicos precisos, serios y completos, teniendo en cuenta que los estudios geotécnicos no tuvieron el alcance necesario y de cubrimiento de gran parte del área donde se concibió construir el parque.
Igualmente, sancionó al entonces exsecretario de Infraestructura por su intervención en la etapa previa a la suscripción del contrato de obra pública, pues habría ordenado la apertura de la licitación y luego habría ordenado su adjudicación a una firma de ingenieros sin contar con los estudios técnicos adecuados que le correspondía elaborar para su cabal ejecución.
De acuerdo con la investigación, los estudios no tuvieron el suficiente alcance y no dieron cobertura total al área donde se proyectaba construir el parque. Estos se limitaron solo a la determinación de las características físicas y geomecánicas del suelo de la zona aledaña a las pilas del viaducto García Cadena, quedando pendiente otros sectores donde se proyectaba ubicar la pista de BMX y varios espacios deportivos.
Las pruebas permiten señalar que “los estudios geotécnicos que utilizó la administración municipal de Bucaramanga no eran los idóneos para los propósitos que tenía con la construcción del parque integral metropolitano (…) la necesidad que de manera diáfana dejó entrever la administración en su documento denominado ‘estudios previos’ no concuerda con la necesidad establecida en los convenios interadministrativos que suscribió la agencia presidencial Acción Social y dista mucho de los intereses que durante la construcción y desarrollo de la obra se fueron evidenciando”.
La Procuraduría concluyó que la administración municipal de Bucaramanga ejecutó y realizó una obra con un alcance muy diferente a lo planeado y licitó desconociendo el principio de planeación contractual e inversión adecuada de los recursos, pues los factores ya descritos aumentaron en más de un 90% la inversión inicialmente presupuestada.
Contra esta determinación disciplinaria procede el recurso de apelación