Este viernes el Concejo de Estado protegió los derechos colectivos de áreas de especial importancia ecológica y le hizo un llamado a la alcaldía de Cali para que conserve los baldíos que son de este tipo y que evite vender tierras que hacen parte de la Reserva Forestal o del Parque Natural los Farallones de Cali.
La Sección Primera, con ponencia de la magistrada María Claudia Rojas Lasso, explicó que el Ministerio de Ambiente omitió inscribir en la oficina de registros públicos una resolución de 1968 con la que el Incora declaró como parque natural al de Los Farallones de Cali.
Para el alto tribunal, la omisión en su inscripción como zona de reserva, afectó la protección de dichas tierras para impedir su comercialización.
“La entidad ha excedido los límites de lo razonable para inscribir la afectación, amenazando directamente el ecosistema del Parque Nacional Natural los Farallones de Cali y violando el derecho colectivo a la protección de áreas de especial importancia ecológica por la prolongada y manifiesta transgresión de este mandato normativo”, sostiene la sentencia.
De acuerdo con el Concejo de Estado, han pasado más de 30 años desde que se dio la orden, y aunque el Ministerio fue creado en 1993, ello no lo exime de cumplir en un tiempo prudencial dicha obligación.
Con respecto a la sustracción de cerca de 1.050 hectáreas de dicha zona de reserva que hizo el Ministerio de Ambiente en 1998 para la construcción de vivienda de interés social, la Sala explicó que se cumplieron los presupuestos para efectuar las exclusiones de terrenos protegidos, pues hubo una situación razonable y de interés social.
Sin embargo, el fallo exhorta a la Superintendencia de Notariado y Registro, al Ministerio de Ambiente y al Municipio de Cali a velar por el cumplimiento la Ley que prohíbe vender tierras que hacen parte de Parques Nacionales Naturales, pues dicha actividad vulnera el derecho colectivo a la protección de áreas de especial importancia ecológica.