El Gobierno Nacional expidió el decreto ‘Ley de precios transparentes’, proyecto radicado por el Representante a la Cámara por el Partido Conservador, David Barguil, que obligará a las entidades financieras a informar a los usuarios el valor de la tasa de interés que les cobran o les pagan por los servicios que adquieren.
Hoy los usuarios de los bancos tienen conocimiento principalmente de la tasa de interés que usualmente cobran o pagan por los servicios que adquieren al momento de solicitar un préstamo; sin embargo existen otros cobros que están asociados a estos servicios que se desconocen como intereses, seguros, gastos, contribuciones, erogaciones, comisiones e impuestos y demás.
Con la reglamentación de ‘la ley de precios transparentes’ todos los usuarios a partir de ahora tienen acceso a información clara sobre sus productos y servicios.
De igual manera, las entidades deberán informar a los posibles clientes el VTU sobre lo que pagarán o recibirán por adquirir un producto, antes de firmar algún contrato. Además, las entidades deberán promocionar de manera homogénea el VTU y la tasa de interés.
“Esto permitirá que los clientes puedan comparar cuáles son los productos financieros más convenientes para su bolsillo y sepan con claridad cuáles son los costos que los bancos incluyen en letra menuda en su portafolio de servicios”, aseguró el autor de la ley, David Barguil.
Adicionalmente, los bancos deberán enviar al cliente el Reporte Anual de Costos Totales que es un reporte especial, distinto de los extractos mensuales, en el que se informa la suma total de todos los costos que ha pagado durante el año, asociados a los servicios, tales como cuotas de administración y manejo, tarifas por operaciones en cajeros, internet y consultas telefónicas.
Los principales puntos contenidos en el Decreto son:
•Con el fin de facilitar la comparación de servicios de ahorro y crédito ofrecidos por distintas entidades, las instituciones financieras deberán informar al cliente potencial el Valor Total Unificado (VTU), que resume el valor proyectado de todos los conceptos pagados o recibidos asociados a la operación (como son, seguros, cuotas de manejo, etc.). Este requisito deberá cumplirse para todos los productos masivos tales como los créditos de consumo (incluidos los contratos de tarjetas de crédito), vivienda, comercial, microcrédito, y los contratos de CDTs, cuentas corrientes y de ahorro, entre otros. .
•Los clientes que ya tienen estos productos de ahorro o crédito, recibirán un resumen de los costos pagados a la entidad en el último año, discriminando por tipo de operación o producto. Esta información hará parte del Reporte Anual de Costos que se entrega anualmente a los consumidores financieros, que contiene información de los costos que el cliente ha pagado a la entidad durante el último año.
•Para la población con menores ingresos que aún no cuenta con acceso a servicios financieros, se diseñó un paquete de servicios que permitirá a los usuarios hacer una mejor comparación a la hora de elegir la entidad donde abrir su cuenta de ahorros. Dicho paquete de servicios fue diseñado por la Superintendencia Financiera de Colombia como parte del programa de inclusión financiera del Gobierno Nacional, y está dirigido a usuarios que demanden servicios básicos como transferencias entre cuentas de la misma entidad, retiros y consultas por cajero, entre otras. Las entidades financieras que ofrezcan los componentes de dicho paquete deberán presentar un costo unificado para que el cliente pueda comparar y escoger la alternativa que más le conviene.
Con estos Decretos se complementan las medidas del Régimen de Protección al Consumidor Financiero, en particular se dota al cliente potencial de información suficiente y oportuna para tomar decisiones relevantes para escoger adecuadamente sus productos financieros como son una cuenta de ahorros o un crédito con el sistema financiero.
“Al consumidor financiero se le dificulta escoger con quien tomar un crédito o dónde abrir su cuenta de ahorros, ya que no es fácil agregar los costos del seguro de un crédito, la cuota mensual de pago y otros costos asociados; el VTU es una medida que resume todos los costos que debe pagar el cliente en un solo número y ayudará para que el consumidor financiero pueda tomar la decisión que más le convenga y de acuerdo a sus necesidades, antes de contratar un crédito o abrir una cuenta de ahorros”, comentó afirmó el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas.
Por su parte, el Representante a la Cámara, David Barguil, autor del proyecto de ley que reglamenta este decreto, afirmó que “la información transparente, precisa y comparable es un derecho fundamental para todos los usuarios”.
Agregó que “con esta iniciativa se busca que las entidades financieras brinden información clara y comprensible sobre los costos de sus productos y servicios, para que los colombianos puedan tomar las decisiones que más convengan a su bolsillo.”