El Distrito expidió los Decretos 552 y 553 de 2015, que adoptan las Unidades de Planeamiento Rural (UPR) Río Sumapaz y Río Blanco, ubicadas en la localidad 20 de la ciudad. Las UPR son instrumentos de la planificación rural que aportan en la construcción social y ambiental del territorio campesino.
“Estos decretos definen un desarrollo para la ruralidad bogotana que prioriza la protección y fortalecimiento de la economía y la cultura campesina. Facilitan la conservación y recuperación de los ecosistemas de páramo, y contribuyen a la protección del agua. De otra parte, contribuyen a frenar la expansión urbana y hacen más fácil una adecuada conectividad con la región”, manifestó Gerardo Ardila Calderón, Secretario Distrital de Planeación.
Mediante la Unidad de Planeamiento Rural (UPR), los habitantes de la localidad de Sumapaz tienen ahora las normas que les permitirán hacer adecuaciones a sus viviendas, y contar con equipamientos de apoyo a la producción agropecuaria, requeridos en el territorio.
Las entidades distritales tendrán la claridad normativa que les va a permitir hacer inversión en el mejoramiento del sistema vial y de servicios básicos como salud, educación e integración social.
En la Unidad de Planeamiento Rural (UPR), se establecen como lineamientos: asegurar el mantenimiento de la riqueza del territorio (cultural, vegetal, animal, de suelos, hídrica actual y futura), fortalecer los modos de vida campesinos y armonizar las actividades de producción agropecuaria con el cuidado del medio ambiente, de tal manera que puedan producir y permanecer en el territorio en el largo plazo.
Características de la UPR Río Sumapaz
La Unidad de Planeamiento Rural del Río Sumapaz tiene una extensión de 42.128 hectáreas. Es la pieza de mayor extensión en la ruralidad de Bogotá. Se caracteriza por la producción agropecuaria principalmente de alverja, papa criolla, papa pastusa y cebolla, además de la consolidación de sistemas productivos enfocados en la producción de leche.
“Esta propuesta se construyó conjuntamente con la administración local, con las comunidades y con el Sindicato Agrario del Sumapaz” expresó Andrés Ramírez, Director de ambiente y Ruralidad de la Secretaría Distrital de Planeación.
Esta reglamentación del suelo rural está armonizada con la propuesta de Zona de Reserva Campesina del Sumapaz, el Parque Nacional Natural Sumapaz y las áreas protegidas de orden distrital, con lo cual se reconoce el papel del campesinado en la conservación de las áreas que conforman la estructura ecológica principal de Bogotá.
Se busca que el campesino que vive de la tierra no vea negadas sus actividades productivas y que promueva acciones que no arriesguen la sostenibilidad y capacidad de resiliencia de los ecosistemas alto andinos, por lo que la propuesta agroecológica entra a hacer parte tanto de los usos productivos como de conservación.
Puntos centrales de la reglamentación
Se reconocen las áreas de producción agropecuaria como zonas de sostenibilidad de Bogotá y como zonas para la permanencia del campesino en el territorio.
Se definen lineamientos para los centros poblados La Unión y San Juan, aportando al buen vivir del campesino.
Se reconocen los nodos de equipamientos y servicios con el fin de focalizar los servicios requeridos para la población del corregimiento de San Juan.
Se reconoce a Nueva Granada como Centro Poblado, convirtiéndose en un eje de la conectividad regional.
Se da soporte administrativo que permite viabilizar la inversión de los programas y proyectos institucionales para la localidad de Sumapaz.
Se incorpora el componente de riesgo y cambio climático, con el cual se priorizan acciones de mejoramiento del sistema vial existente y de los asentamientos humanos.
Con este Decreto de ordenamiento y planeamiento territorial se espera a mediano y largo plazo el desarrollo de un territorio sostenible, que sea un escenario para el buen vivir y para la paz de los habitantes de Bogotá.
Características de la UPR Cuenca del Río Blanco
La Unidad de Planeamiento Rural de Río Blanco abarca 35.966 hectáreas. Es la segunda de mayor extensión en la ruralidad bogotana.
Las áreas estratégicas definidas por los habitantes de la región (los centros poblados, asentamientos humanos, acueductos veredales, zonas de producción agroambiental y vías comunitarias, entre otras) fueron la base concertada para esta norma.